CONTRAVENCIONES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Provincial del
20-Ene-1997
Resumen:
REGIMEN CONTRAVENCIONAL EN LOS ESPECTACULOS DEPORTIVOS.
Observaciones:
Por arts. 1 y 2 del Dec. 797/00 se establece que será autoridad de aplicación del Título II en materia de Seguridad Deportiva al el Ministerio de Seguridad, y en materia de Seguridad Edilicia y/o de Infraestructura la Secretaria de Deportes. (B.O. 11-04-00)