SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
PESCA ESPECIE MERLUZA COMUN - AUTORIZACION DE BUQUES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
02-Ene-2006
Resumen:
LOS BUQUES QUE SE DETALLAN EN EL ANEXO I QUE ES PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE RESOLUCION, PODRAN EFECTUAR OPERACIONES DE PESCA DE LA ESPECIE MERLUZA COMUN (MERLUCCIUS HUBBSI), AL NORTE Y AL SUR DEL PARALELO 41º SUR, A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2006 Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2006, HASTA EL LIMITE DE LA CAPTURA MAXIMA INDIVIDUAL ASIGNADA EN EL CITADO ANEXO, AJUSTANDOSE A LA DISTRIBUCION ESTABLECIDA PARA CADA TRIMESTRE.