Secretaría de Hacienda
PRESUPUESTO
Resolución 71/2003
Texto Ordenado de las Clasificaciones Presupuestarias de recursos y gastos del Sector Público Nacional.
Bs. As., 24/4/2003
VISTO los Decretos Nº 866, 1815 y 2666 de fechas 28 de mayo, 29 de setiembre y 29 de diciembre de 1992, respectivamente, y las Resoluciones del Ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 891 y 1109 de fechas 23 de julio y 18 de setiembre de 1992, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 866/1992 aprobó los clasificadores por Objeto del Gasto, por Rubro de los Recursos y por Finalidades y Funciones.
Que el Artículo 4 del citado Decreto 866/1992 faculta a la SECRETARIA DE HACIENDA del Ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a dictar las normas de interpretación como así también a determinar, en los documentos presupuestarios, los niveles de apertura de cada uno de los clasificadores citados en el párrafo anterior.
Que la Resolución 891/1992 del Ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS aprobó los clasificadores Institucional, Geográfico, por Fuente de Financiamiento, Económico de los Recursos, Económico de los Gastos, y las correspondientes metodologías para la confección de la Clasificación Económica de los Gastos y de los Recursos.
Que el Artículo 6º de la citada Resolución 891/1992 faculta a la SECRETARIA DE HACIENDA del Ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a dictar las normas de interpretación y a realizar aperturas y ampliaciones en los clasificadores mencionados en el párrafo anterior.
Que el uso de las clasificaciones presupuestarias hace preciso adaptar su detalle y glosario a necesidades específicas de aplicación.
Que resulta conveniente proceder a ordenar en un texto las clasificaciones presupuestarias de recursos y gastos del Sector Público Nacional con el objeto de incorporar en un solo documento todas las modificaciones realizadas hasta el momento a las normas aprobatorias de los mismos.
Que la elaboración de un documento que contenga un texto ordenado de los clasificadores de recursos y gastos del Sector Público Nacional resulta aconsejable para instrumentar adecuadamente los procedimientos encarados dentro del contexto del sistema integrado de administración financiera.
Que la presente normativa se dicta en función de las disposiciones del Artículo 6º del Decreto Nº 2666/92.
Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1º — Apruébase la actualización y ordenamiento de las Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público Nacional, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas que forman parte integrante del presente artículo.
Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge E. Sarghini.
ANEXO ARTICULO 1°
A. CONCEPTO
Las clasificaciones presupuestarias son instrumentos normativos que agrupan los recursos y gastos de acuerdo a ciertos criterios, cuya estructuración se basa en el establecimiento de aspectos comunes y diferenciados de las operaciones gubernamentales.
Las clasificaciones presupuestarias al organizar y presentar todos los aspectos posibles de las transacciones públicas, conforman un sistema de información ajustado a las necesidades del gobierno y de los organismos internacionales que llevan estadísticas sobre los sectores públicos nacionales, posibilitando un análisis objetivo de las acciones ejecutadas por el sector público.
Por tanto, el conjunto de clasificaciones presupuestarias representa un mecanismo fundamental para el registro de la información relativa al proceso de recursos y gastos de la actividad pública.
B. IMPORTANCIA Y OBJETIVO
La estructura básica de las clasificaciones presupuestarias facilita la adopción de decisiones en todas las etapas del proceso presupuestario.
Dentro de los múltiples objetivos y finalidades que se pueden asignar a las clasificaciones, se mencionan las siguientes:
— Facilitan la determinación del volumen y composición de los gastos en función de los recursos proyectados, de las necesidades de la sociedad y del impacto en otros sectores de la economía.
— Facilitan la proyección de variables macroeconómicas fundamentales para el diseño de la política económica y la política presupuestaria. En estas circunstancias permiten valorar el grado de participación del gobierno en el desarrollo económico y social y medir las metas y políticas gubernamentales.
— Permiten la valoración de los resultados económico y financiero y el análisis de sus consecuencias.
— Las clasificaciones presupuestarias facilitan el análisis de los efectos económicos y sociales de las actividades del sector público y su impacto en la economía o en sectores particulares de la misma.
Por consiguiente, es preciso contar con sistemas de información que posibiliten el estudio de esos efectos; de ahí que las cuentas generan elementos de análisis como la participación de los recursos y gastos públicos en el PBI, nivel de empleo del sector público, grado de endeudamiento, tributación, concesión de préstamos, etc.
— Hacen posible la ejecución financiera del presupuesto. Para ello las clasificaciones coadyuvan a la generación de información económico-financiera, requerida para la adopción de decisiones administrativas.
C. ASPECTOS CONCEPTUALES Y OPERACIONALES BASICOS
Las cuentas deben ser proyectadas para servir a los propósitos de un sistema de información sobre la gestión financiera del Sector Público Nacional, donde las transacciones deben ser registradas una sola vez y, a partir de allí sea posible la obtención de todas las salidas de información que se requieran. En su estructura deben contemplarse las necesidades de información de los macrosistemas de cuentas con los que está relacionado el sector público, como son las Cuentas Nacionales y las Estadísticas de las Finanzas Públicas.
Para este efecto, el sistema de clasificaciones presupuestarias considera como 'ingreso' toda transacción que implica la utilización de un medio de financiamiento (fuente de fondos); y, como 'gasto' toda transacción que implica una aplicación financiera (uso de fondos).
De esta conceptualización ampliada, se desprende que los recursos se originan en transacciones que representan resultados positivos (ingresos corrientes), disminución de activos e incremento de pasivos, en tanto que los gastos son transacciones que representan resultados negativos (gastos corrientes), incremento de activos y disminución de pasivos.
Los clasificadores de cuentas se utilizan tanto para la programación como para el análisis y seguimiento de la gestión económico-financiera de las instituciones públicas. Su mayor desagregación se emplea en los niveles donde se administra dicha gestión y su mayor agregación en los máximos niveles políticos de decisión de la gestión pública.
Cada clasificador responde a un propósito u objetivo determinado; no obstante ello, en su diseño deben considerarse las necesarias interrelaciones que existen entre todos ellos. El requisito esencial para que una transacción realizada por una institución pública sea registrada una sola vez y sea posible la obtención de todas las salidas de información que se requieran, es que se definan en forma clara y precisa dichas interrelaciones. De esta manera los clasificadores de cuentas serán la base fundamental para instrumentar un sistema integrado de información financiera del sector público y para realizar el análisis de las transacciones públicas y sus efectos.
A fin de precisar las interrelaciones que deben tener los clasificadores, es necesario distinguir los clasificadores primarios, a través de los cuales se registra cada transacción sea ésta de recurso o de gasto, de los clasificadores derivados, que surgen de la combinación de dos o más clasificadores.
Los clasificadores primarios son: a) institucional, b) por rubros de recursos, c) por objeto del gasto, d) por localización geográfica, e) por tipo de moneda, f) por fuente de financiamiento y g) por categoría programática. Los demás son clasificadores derivados: h) por finalidad y función, i) por naturaleza económica de recursos, j) por naturaleza económica de gastos. Es decir, los clasificadores derivados se estructuran automáticamente por combinación de los clasificadores primarios y, por lo tanto, no se utilizan al registrar cada transacción en particular.
En términos operacionales, las clasificaciones presupuestarias presentan las siguientes características:
1. Cobertura
Se tiene en cuenta como estructura básica de organización pública, la que establece la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional. Dicha Ley dispone su alcance a todo el Sector Público Nacional el cual está integrado por la Administración Nacional, conformada a su vez por la Administración Central, los Organismos Descentralizados y las Instituciones de Seguridad Social; las Empresas y Sociedades del Estado; los Entes Interestaduales; las Universidades Nacionales; los Fondos Fiduciarios; otros Entes que si bien pertenecen al Sector Público Nacional no Financiero no revisten el carácter de empresa o sociedad del Estado y no consolidan en el presupuesto de la Administración Nacional; y por el Sector Público Nacional Financiero, integrado por el Sistema Bancario Oficial, Empresas Públicas Financieras y otras Instituciones Públicas Financieras.
Esta definición es precisamente la que explica la cobertura que se considera en la formulación de las clasificaciones presupuestarias.
Sin embargo, las actividades públicas tienen un ámbito más amplio e incluyen también los niveles de gobierno correspondientes a las administraciones provinciales y municipales, para las cuales es factible adaptar sus respectivas clasificaciones a las propuestas en este manual. Con esta particularidad la cobertura alcanzaría a todos los niveles posibles de aplicación y sería factible consolidar el gasto del Sector Público Argentino mediante una metodología homogénea de clasificación.
2. Frecuencia de elaboración
La frecuencia de elaboración de las clasificaciones no tiene un patrón definido, no obstante se puede señalar que su realización está en función de la necesidad que de ellas se tenga.
Las mismas deben ser flexibles con el objeto de permitir su adecuación a las diversas situaciones que se presenten.
3. Interrelación con otros sistemas de información
Está plenamente demostrado en la realidad la estrecha relación existente entre el sistema presupuestario y otros sistemas administrativos. El desarrollo y funcionamiento eficaz y eficiente de cada sistema se halla directamente influido por los sistemas de su contexto. Para la preparación de las clasificaciones se considera el carácter interdependiente de los sistemas administrativos, a los efectos de determinar una adecuada compatibilidad de las metodologías, normas y procedimientos que son necesarios en el desarrollo de un sistema de información de la gestión pública.
Por otro lado se debe tomar en cuenta que la información que produce el sistema de cuentas puede distinguirse de otros sistemas de información: por una parte, las cuentas del gobierno que llevan las unidades operativas (ministerios, organismos descentralizados, etc.) para fines de administración presupuestaria y responsabilidad legal, por otra parte, las Cuentas Nacionales, en que los datos se estructuran en forma común para todos los sectores, a fin de medir y agregar la producción, el ingreso, el consumo, la acumulación de capital y el financiamiento y, por último, las Estadísticas de las Finanzas Públicas, que resumen las distintas transacciones del gobierno para orientarlas fundamentalmente a la medición del impacto monetario de las medidas económicas. Cada uno de los sistemas de información mencionados responden a necesidades distintas e importantes en sí mismas. No obstante, se encuentran interrelacionados; esta situación influye en la forma que adopta cada uno de éstos, por consiguiente las clasificaciones deben facilitar su acoplamiento modular, requisito que permite establecer un grado de interdependencia entre los sistemas, ya que las cuentas presupuestarias sirven para las transacciones que realizan las unidades administrativas y éstas a su vez proporcionan insumos necesarios para compilar las Cuentas Nacionales y las Estadísticas de las Finanzas Públicas.
4. Período de referencia
Las cuentas que se organizan y se expresan en las clasificaciones pueden ser utilizadas para distintos fines y para cubrir períodos determinados. Por ejemplo, en la formulación de la política presupuestaria las cuentas se ordenan de manera que sirvan de base para las decisiones que se deben adoptar a nivel de los programas y proyectos, así como de los diferentes cambios recomendados; en este caso las cuentas se organizan de manera anterior a la sucesión de hechos, es decir, se proyectan los acontecimientos en base a un determinado ejercicio financiero, pudiendo utilizar datos mensuales, trimestrales o semestrales.
Cuando los datos se organizan sobre la base de la información que proviene de la ejecución presupuestaria, se dice que su elaboración es ulterior a las acciones realizadas por las instituciones públicas, en cuyo caso brindan elementos de análisis importantes para evaluar las metas y políticas gubernamentales.
D. TIPOS DE CLASIFICACION
En el presente manual se adopta una estructura útil para expresar las informaciones que se originan como consecuencia de las transacciones que en materia de recursos y gastos realizan las instituciones públicas. A continuación se presentan los esquemas desarrollados.
1. Válidas para todas las transacciones
— Institucional
— Por tipo de moneda
2. Recursos públicos
— Por rubros
— Por su carácter económico
3. Gastos públicos
— Por ubicación geográfica
— Por objeto
— Por su carácter económico
— Por finalidades y funciones
— Por categoría programática
— Por fuente de financiamiento
II. CLASIFICACIONES VALIDAS PARA TODAS LAS TRANSACCIONES
A . CLASIFICADOR INSTITUCIONAL
B. CLASIFICACION POR TIPO DE MONEDA
III. CLASIFICACION DE LOS RECURSOS PUBLICOS
A. ASPECTOS GENERALES
1. Concepto
Los recursos públicos son medios de financiamiento que permiten:
a) disponer de los recursos reales necesarios para desarrollar actividades programadas por el Sector Público.
b) atender las obligaciones de pago de la deuda pública o efectuar transferencias que requieran otros ámbitos o niveles de gobierno y al Sector Privado.
De su captación y disposición depende la existencia misma del Sector Público, por lo que resulta sumamente importante llegar a conocer su origen, su naturaleza y las transacciones que permiten obtenerlos y disponer de ellos.
Al mismo tiempo, es necesario conocer los efectos y reacciones que provocan, en la economía del país, las distintas formas que asume esa captación.
Para alcanzar estos niveles de conocimiento resulta imperioso organizar esas transacciones en categorías homogéneas, que permitan la lectura e interpretación de los hechos ocurridos y de sus consecuencias.
Por ello, las clasificaciones de los recursos, procuran identificar las características distintivas de los medios de financiamiento para poder agruparlos, medirlos y analizar sus efectos.
2. Finalidad
Las clasificaciones de los recursos públicos se utilizan básicamente para:
— Realizar el análisis económico-financiero y facilitar las decisiones de las instituciones públicas.
— Medir el ahorro o desahorro, el superávit o déficit de las operaciones financieras del gobierno.
— Determinar la elasticidad de los ingresos con relación a variables que constituyen su base de imposición.
— Formular la política presupuestaria de un período determinado.
— Facilitar la evaluación del efecto de los recursos públicos en la actividad económica.
— Establecer la característica e importancia de los recursos en la economía del sector público.
— Determinar las fuentes de financiamiento con que cuenta el gobierno para la realización de las diferentes finalidades públicas.
3. Tipos de clasificación de los recursos
Con el fin de proporcionar un conocimiento cabal de las operaciones que realiza el sector público en la captación de recursos, las cuentas de ingresos se reúnen en dos tipos de clasificación:
— por rubros
— por su carácter económico
B. CLASIFICACION DE LOS RECURSOS POR RUBROS
C. CLASIFICACION DE LOS RECURSOS POR SU CARACTER ECONOMICO
IV. CLASIFICACION DE LOS GASTOS PUBLICOS
C. CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO
D. CLASIFICACION DEL GASTO POR CARACTER ECONOMICO
E. CLASIFICACION POR FINALIDADES Y FUNCIONES
F. CLASIFICACION DEL GASTO POR CATEGORIA PROGRAMATICA
G. CLASIFICACION POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO
V. CLASIFICACIONES COMBINADAS
1. Concepto
Las clasificaciones combinadas constituyen agrupaciones de los gastos y recursos públicos, que se elaboran con fines de análisis y toma de decisiones en los diferentes niveles del Sector Público.
La conformación matricial de estas clasificaciones permite mostrar una serie de aspectos de gran interés, que hace posible el estudio sistemático de los gastos y recursos públicos, así como la determinación de la política presupuestaria para un período dado.
2. Finalidad
En la mayoría de los casos, no es suficiente la información que pueda ofrecer un sólo tipo de clasificación del gasto y se hace necesario realizar algún tipo de combinación que permita el análisis y observación de determinados fenómenos económicos y sociales. Así, por ejemplo, se puede tener interés en conocer las funciones sociales y económicas, cuál es el gasto corriente y la inversión real, o qué parte de los gastos son realizados directamente por la Administración Central, o cuál es hecha por los Organismos Descentralizados.
De igual modo, puede requerirse, en un momento determinado, conocer el destino del gasto jurisdiccional o la participación regional que tiene el gasto de una institución.
Lo antes expuesto justifica la necesidad de contar con clasificaciones combinadas. Como instrumentos informativos cumplen las siguientes finalidades:
— Permiten ofrecer información que proporciona los suficientes elementos de juicio, necesarios para responder a diferentes aspectos de la realidad económica del país.
— Hacen posible el acopio de información estadística que facilita la proyección del gasto público.
— Posibilitan la observación, en una forma más integral, de la política fiscal y económica que aplica el gobierno en un período dado.
3. Tipos de clasificaciones combinadas
Entre las clasificaciones combinadas se destacan las siguientes:
a. Económica - por Rubros de Recursos
Se utiliza básicamente para apreciar la estructura económica de los recursos diferenciando los recursos corrientes, los recursos de capital y las fuentes financieras y desagregándolos por rubro de recursos.
b. Por finalidades, funciones y clasificación económica de los gastos.
Indica la interacción de las finalidades y funciones y del carácter económico del gasto; mide la importancia relativa del destino económico de los gastos en cada una de las finalidades y funciones.
c. Institucional y económica de los gastos.
Se utiliza básicamente para apreciar la estructura económica del gasto institucional; su importancia radica en el hecho de que permite determinar a nivel institucional la orientación y estructura de su gasto y, por ende, cuáles son las que contribuyen decisivamente a la formación bruta de capital fijo. Comprende tanto las Jurisdicciones mencionadas por la Ley de Administración Financiera como los Organismos Descentralizados e Instituciones de Seguridad Social.
d. Económica - Por objeto
La importancia de esta clasificación radica, en que se puede observar la parte de los gastos clasificados por incisos, se orientan a gastos corrientes, de capital o para aplicaciones financieras.
e. Institucional y por finalidades y funciones del gasto
El objeto que se persigue con la información que presenta esta clasificación, es la de poder apreciar la función principal o el fin que estiman darle las instituciones al gasto público, permitiendo, a la vez, observar el grado de cumplimiento que se ha obtenido y estimado en un período determinado, en relación con las políticas gubernamentales. Comprende tanto las Jurisdicciones mencionadas por la Ley de Administración Financiera como los Organismos Descentralizados e Instituciones de Seguridad Social.
f. Por finalidades, funciones y objeto del gasto
Esta clasificación permite apreciar al gasto público, detallado para cada uno de los incisos del clasificador por objeto del gasto como personal, bienes de consumo, servicios no personales, bienes de uso, transferencias, activos financieros y servicio de la deuda y disminución de otros pasivos, asignado a cada una de las finalidades y funciones.
Esta clasificación permite observar la contribución de cada uno de los incisos mencionados a las finalidades y funciones en relación con las políticas gubernamentales. Comprende tanto las Jurisdicciones mencionadas por la Ley de Administración Financiera como los Organismos Descentralizados e Instituciones de Seguridad Social.
g. Institucional del gasto según la fuente de financiamiento
Muestra el tipo de financiamiento de los créditos presupuestarios de cada una de las instituciones. Permite conocer la forma de aplicación de los recursos propios o afectados para solventar los créditos presupuestarios de cada uno de los incisos del gasto y muestra la presión que sobre el Tesoro Nacional ejercen las distintas instituciones cuyo financiamiento se hace por esta fuente. Comprende tanto las Jurisdicciones mencionadas por la Ley de Administración Financiera como los Organismos Descentralizados e Instituciones de Seguridad Social.
h. Institucional - Por objeto del gasto
Muestra los créditos presupuestarios que la institución pública empleará en un período dado, especificando cada uno de los incisos del gasto.
Tiene un objetivo de carácter administrativo y contable; por tal razón, facilita el registro contable de los gastos y permite el control financiero de los mismos.
i. Geográfica - Institucional
En esta clasificación los gastos se ordenan según el destino geográfico e institucional que se les da a los mismos y tiene como uno de sus propósitos, armonizar la magnitud de los datos estadísticos que se producen en diversas ubicaciones geográficas, reflejando el sentido y alcance de las acciones que realiza el sector público en las mismas.
j. Institucional - Por programas
Mediante esta clasificación se ordenan los gastos tomando en cuenta los créditos presupuestarios a nivel de los programas y de categorías programáticas que se conforman por agregación.
La importancia básica que tiene la clasificación de referencia, se apoya en el hecho de que es ésta la combinación de gastos que permite observar el aporte de las instituciones en la consecución de las políticas gubernamentales.
k. Por programas - Por objeto del gasto
Permite observar los recursos reales y financieros que se asignan a cada una de las categorías programáticas.
l. Cuenta de Ahorro, Inversión, Financiamiento y sus resultados
En la estructuración de la mencionada cuenta, deben considerarse los contenidos de cada una de las cuentas económicas de recursos y gastos y su mecanismo de interacción (corriente, capital, financiamiento) y obtención de resultados (Ahorro/Desahorro, Superávit/Déficit Financiero).
VI. CUENTAS DE AHORRO-INVERSION-FINANCIAMIENTO DEL SECTOR PUBLICO
1. Concepto
La cuenta Ahorro-Inversión-Financiamiento tiene por propósito ordenar las cuentas públicas de modo de permitir su análisis económico. Al decir análisis económico se hace particular referencia a la repercusión de las transacciones financieras del sector público en la economía del sector privado o, más aún, en la economía global o general.
La cuenta Ahorro-Inversión-Financiamiento surge de relacionar la clasificación económica de los recursos públicos con la clasificación económica de los gastos públicos, permitiendo determinar diferentes resultados. A su vez, el ordenamiento económico de recursos y gastos se cruza con los componentes institucionales o subsectores del sector público considerado (clasificación institucional).
2. Finalidad
La cuenta Ahorro-Inversión-Financiamiento permite determinar las magnitudes de diferentes conceptos con contenido económico, tales como: recursos tributarios, recursos corrientes, gastos de consumo, gastos de transferencia, gastos corrientes, ahorro o desahorro corriente, gastos en inversión real, gastos de capital, recursos de capital, resultado financiero (déficit o superávit fiscal), fuentes financieras (por ejemplo, uso del crédito) y aplicaciones financieras (por ejemplo, amortización de la deuda).
A su vez, esas magnitudes corresponderán a diferentes componentes institucionales, tales como: administración central, organismos descentralizados, instituciones de seguridad social, administración nacional, empresas públicas, fondos fiduciarios, sector público nacional, provincias, municipalidades, sector público argentino.
Las citadas magnitudes podrán corresponder a diferentes momentos o etapas de los recursos y gastos públicos: presupuesto, ejecución del presupuesto (base devengado), ejecución de tesorería (base caja).
Las magnitudes pueden expresarse de diferentes maneras: en moneda corriente o a precios corrientes; en moneda constante o a precios reales, para analizar el comportamiento histórico o temporal; en relación con el PBI (u otro indicador macroeconómico), lo que permite dar idea de la significación de los agregados públicos en la economía, de modo relativamente sencillo, y posibilitar la comparación internacional.
3. Aspectos Generales
La cuenta Ahorro-Inversión-Financiamiento presenta las transacciones y transferencias entre el sector público no financiero, con diferentes contenidos institucionales, y el resto de la economía y, por lo tanto, no incorpora a las instituciones financieras del gobierno (bancos oficiales), salvo en el caso de que éstas efectúen actividades cuasifiscales. Se considera que los bancos no operan en la órbita fiscal, con la excepción mencionada, sino en el mercado financiero.
La citada cuenta es de tipo consolidada, o sea que no computa para la determinación del total de recursos y del total de gastos, aquellas transferencias (gastos figurativos) y financiamiento (contribuciones figurativas) intrasector público, de modo de evitar duplicaciones.
La cuenta de referencia adopta la denominada metodología internacional, que consiste en exponer para las empresas públicas el resultado económico (ahorro o desahorro del subsector empresas públicas no financieras) sin descomponer las operaciones que lo determinan. El criterio que fundamenta este procedimiento, es el de considerar las mismas como actividades operativas no equiparables por su naturaleza a las realizadas por el resto del sector público. En cambio, sí se incluyen los recursos y gastos de capital y las fuentes y aplicaciones financieras.
La cuenta ahorro-inversión permitirá determinar implicancias económicas del presupuesto del sector público y su ejecución, tales como: consumo público, inversión pública, presión tributaria, pagos de transferencias, presión tributaria neta de transferencias, participación del sector público en la demanda agregada, valor agregado público, déficit o superávit fiscal, financiamiento con ahorro interno y externo de ese déficit o utilización del superávit público.
Los resultados que surgen de la cuenta (ahorro, resultado financiero) permiten disponer de indicadores resumen de la política fiscal. El más relevante de esos indicadores es el resultado financiero, o sea el superávit o déficit fiscal o público, también designado este último, necesidad de financiamiento. Para su determinación se divide a los recursos y gastos públicos según se los ubique por 'encima o por debajo de la línea' (del resultado). Por encima de la línea se colocan los recursos y gastos corrientes y de capital, que corresponden estrictamente al campo de la política fiscal; por debajo de la línea se ubican las fuentes y aplicaciones financieras, que relacionan lo fiscal con lo monetario y financiero, y determinan la evolución de la deuda pública, su nivel y composición.
La cuenta Ahorro-Inversión-Financiamiento se vincula con el equilibrio macroeconómico. En una economía cerrada y sin sector público la condición de equilibrio se verifica cuando el ahorro es igual a la inversión. Si a esa economía se le agrega el sector público, la condición de equilibrio incluirá el ahorro privado y público y la inversión pública y privada, que deberán ser iguales. Por ejemplo si el ahorro público no alcanza a cubrir la inversión pública será necesario destinar ahorro privado a financiar el presupuesto. Si consideramos una economía abierta incorporamos el ahorro externo, que no es otra cosa que el déficit de la cuenta corriente de la balanza de pagos. Un desequilibrio entre el ahorro (privado y público) y la inversión (privada y pública), que conducirá a un déficit de esa cuenta corriente, requerirá un financiamiento mediante el ahorro externo. En síntesis la inversión (privada y pública) se financia con ahorro (privado y público) y ahorro externo.
4. Aspectos Específicos
El universo de transacciones que se realiza en el ámbito del Sector Público admite, entre ellas, una serie de distinciones básicas (*):
. Entradas (ingresos) y salidas (gastos). En primer lugar, la distinción fundamental entre las transacciones radica en la diferencia entre las entradas (ingresos) y las salidas (gastos), según que las mismas aporten recursos al gobierno o detraigan recursos del gobierno, respectivamente.
. Transacciones corrientes y transacciones de capital. Las transacciones corrientes abarcan ingresos y gastos por la adquisición de bienes y servicios que se utilizan durante el ejercicio y transacciones sin contraprestación que para el beneficiario no implican incremento de la dotación de capital (ingresos tributarios, transferencias corrientes recibidas y otorgadas). Las transacciones de capital implican ingresos o gastos con bajas o altas de activos de capital fijo, existencias, tierras o activos intangibles, y los ingresos y gastos sin contraprestación efectuados con el fin de que los beneficiarios incrementen su dotación de capital (p.e.: transferencias de capital). Asimismo, se consideran transacciones de capital aquellas transacciones reembolsables que el gobierno realiza con fines de política (p.e.: concesión de préstamos a provincias, aportes de capital a empresas públicas, etc.).
. Transacciones con contraprestación y transacciones sin contraprestación. La distinción radica en que las primeras, sean ingresos o gastos, entrañan un flujo de bienes y servicios a cambio (compra de insumos, contratación de servicios, venta de bienes, etc.). Por el contrario, un ingreso o gasto no tiene contraprestación si no implica un flujo a cambio (p.e.: donaciones recibidas, subsidios otorgados, etc.).
. Transacciones reembolsables y transacciones no reembolsables. Un ingreso o gasto es reembolsable si la transacción implica un flujo de pasivos convenidos a cambio. De lo contrario, se trata de transacciones no reembolsables. Por ejemplo, un gasto del gobierno por concesión de préstamo representa una transacción reembolsable, dado que implica un flujo de pasivos a un determinado plazo para el beneficiario del préstamo y un flujo de activos para el gobierno en concepto de recuperación del préstamo; el uso del crédito por parte del gobierno representa un ingreso reembolsable puesto que implica un flujo de pasivos contractuales a un plazo determinado en concepto de servicio de la deuda; etc.
. Activos financieros y pasivos financieros. Dentro de las transacciones reembolsables correspondientes a títulos de crédito debe hacerse una distinción entre las que implican pasivos ante el gobierno (activos financieros del gobierno) y las que implican pasivos del gobierno frente a otros. Existe una asimetría entre los activos y pasivos financieros del gobierno debido a la motivación que hace actuar al gobierno y a los medios financieros de que dispone. El gobierno está motivado mayormente por fines de política y no por la necesidad de obtener un beneficio.
Dentro de estas transacciones se distinguen dos grandes tipos:
. Para fines de política y para administración de la liquidez. Si bien todas las transacciones recuperables que entrañan pasivos del gobierno se realizan con fines de liquidez, no todas las transacciones del gobierno que suponen pasivos de otros se llevan a cabo con fines de liquidez. Cuando el gobierno mantiene activos financieros con propósito de liquidez y no con objetivos de política, dichas transacciones deben agruparse junto con los pasivos financieros del gobierno, bajo la línea del resultado financiero. Cuando es con fines de política (por ejemplo, préstamos a provincias) debe ir arriba de la línea. La concesión de préstamos por parte del gobierno no se debe generalmente a fines de administración de la liquidez o al propósito de obtener un beneficio, sino a fines de política.
. Variación de disponibilidades. Aunque no constituyen en sí mismas un tipo de transacción, deben incluirse en la cuenta Ahorro-Inversión-Financiamiento. La disminución de las disponibilidades se interpreta como una fuente de financiamiento para cubrir un exceso de gastos sobre los ingresos, mientras que el aumento de esos saldos indica una aplicación financiera del efectivo debido a un exceso de ingresos sobre gastos.
El siguiente cuadro muestra la cuenta Ahorro-Inversión-Financiamiento que ordena la clasificación económica de los recursos y gastos, en este caso hasta el tercer nivel de desagregación, y la consolidación de los tres caracteres del subsector Administración Nacional (Administración Central, Organismos Descentralizados e Instituciones de Seguridad Social) con el subsector Empresas y Sociedades del Estado, los Fondos Fiduciarios y otros entes del Sector Público Nacional.
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* Fuente: Manual de Estadísticas de las Finanzas Públicas. FMI.