AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA-RIACHUELO
OBLIGACION DE INFORMAR - MODIFICACION RESOLUCION 377/2011
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
27-Jul-2011
Resumen:
REQUIERESE A TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS RADICADOS EN EL AMBITO DE LA CUENCA MATANZA RIACHUELO QUE REALICEN VUELCO DISCONTINUO DE SUS EFLUENTES LIQUIDOS, LA OBLIGATORIEDAD DE INFORMAR A LA ACUMAR. INCORPORASE AL ANEXO I DE LA RESOLUCION Nº 377/2011 REGLAMENTO DE SANCIONES DE LA ACUMAR, UN ARTICULO.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 68 DE LA RESOLUCION 12/2018 DE LA AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO, B.O. 14/01/2018, PAGINA 50. VIGENCIA: VER ARTICULO 69 DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.