Presidencia de la Nación

Resolución 6 / 2010

SECRETARIA DE ENERGIA


COMBUSTIBLES

BIODIESEL - ESPECIFICACIONES DE CALIDAD

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 08-Feb-2010
Resumen:

ESTABLECENSE LAS ESPECIFICACIONES DE CALIDAD QUE DEBERA CUMPLIR EL BIODIESEL. DEJASE SIN EFECTO LO ESTABLECIDO EN EL ANEXO II A LA RESOLUCION Nº 1283 DE FECHA 6 DE SEPTIEMBRE DE 2006 DE LA SECRETARIA DE ENERGIA DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS EN LO QUE SE REFIERE A ESPECIFICACIONES DE BIODIESEL COMO COMBUSTIBLE DE USO AUTOMOTOR, PARA SER MEZCLADO EN UN PORCENTAJE DEL CINCO POR CIENTO (5%) MINIMO EN VOLUMEN, MEDIDO SOBRE LA CANTIDAD TOTAL DEL PRODUCTO FINAL, CON EL COMBUSTIBLE LIQUIDO CARACTERIZADO COMO GAS OIL, MANTENIENDOSE LO ESTIPULADO EN LA NORMA MENCIONADA PARA EL CASO DE UTILIZACION DE BIODIESEL AL CIEN POR CIENTO (100%).

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