Presidencia de la Nación

Resolución E 523 / 2017

SECRETARIA DE COMERCIO


NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR

LICENCIAS AUTOMATICAS DE IMPORTACION

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 07-Jul-2017
Resumen:

ESTABLECESE QUE LAS MERCADERIAS COMPRENDIDAS EN TODAS LAS POSICIONES ARANCELARIAS DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR (N.C.M.) CON DESTINACION DE IMPORTACION DEFINITIVA PARA CONSUMO DEBERAN TRAMITAR LICENCIAS AUTOMATICAS DE IMPORTACION, EXCEPTO AQUELLAS POSICIONES ARANCELARIAS DETERMINADAS EN LOS ANEXOS II A XVII, QUE FORMAN PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE RESOLUCION O LA QUE EN EL FUTURO LA REEMPLACE, LAS QUE DEBERAN TRAMITAR LICENCIAS NO AUTOMATICAS DE IMPORTACION.

Observaciones:

ABROGADA POR EL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION 1/2023 DE LA SECRETARIA DE COMERCIO, B.O. 26/12/20223, PAGINA 11. VIGENCIA: VER ARTICULO 2° DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.

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