Resolución 3961 / 2016
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Resolución 28 / 2016
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA |
Fecha publicación 01-Abr-2016 |
Descripción
GAS NATURAL, GAS PROPANO - DETERMINANSE PRECIOSDETERMINANSE LOS NUEVOS PRECIOS EN PUNTO DE INGRESO AL SISTEMA DE TRANSPORTE (PIST) PARA EL GAS NATURAL, CONFORME SE CONSIGNA EN EL ANEXO I QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE MEDIDA, QUE SERAN DE APLICACION A LAS CATEGORIAS DE USUARIOS QUE ALLI SE INDICAN. DETERMINANSE LOS NUEVOS PRECIOS EN PUNTO DE INGRESO AL SISTEMA DE TRANSPORTE (PIST) BONIFICADOS PARA LOS USUARIOS RESIDENCIALES DE GAS NATURAL QUE REGISTREN UN AHORRO EN SU CONSUMO IGUAL O SUPERIOR AL QUINCE POR CIENTO (15%) CON RESPECTO AL MISMO PERIODO DEL AÑO ANTERIOR, CONFORME SE CONSIGNA EN EL ANEXO II QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE MEDIDA.
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Normativa / Número
Resolución 31 / 2016
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA |
Fecha publicación 01-Abr-2016 |
Descripción
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS - REVISION TARIFARIA INTEGRALENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS. REVISION TARIFARIA INTEGRAL. INSTRUYESE AL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS), ORGANISMO DESCENTRALIZADO EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA, A QUE LLEVE ADELANTE EL PROCEDIMIENTO DE REVISION TARIFARIA INTEGRAL PREVISTO EN LAS ACTAS ACUERDO DE RENEGOCIACION CONTRACTUAL INTEGRAL CELEBRADAS CON LAS LICENCIATARIAS EN EL MARCO DE LO DISPUESTO EN LA LEY N° 25.561, SUS MODIFICACIONES Y COMPLEMENTARIAS; EL QUE DEBERA CONCLUIRSE EN UN PLAZO NO MAYOR A UN (1) AÑO DESDE LA FECHA DE LA PRESENTE MEDIDA. PARA EL CASO DE LAS LICENCIATARIAS QUE A LA FECHA DE LA PRESENTE NO HUBIERAN SUSCRIPTO LAS ACTAS ACUERDO DE RENEGOCIACION CONTRACTUAL INTEGRAL CORRESPONDIENTES, EL PLAZO SERA ESTABLECIDO EN DICHO INSTRUMENTO, SIN PERJUICIO DE LO CUAL EL ENARGAS ESTARA FACULTADO A PARTIR DE LA PRESENTE RESOLUCION, PARA REQUERIR A ESAS EMPRESAS LA INFORMACION NECESARIA PARA AVANZAR EN FORMA PRELIMINAR EN EL PROCESO DE REVISION TARIFARIA INTEGRAL. EN TODOS LOS CASOS, EN EL PROCESO DE REALIZACION DE LA REVISION TARIFARIA INTEGRAL QUE SURJA DE LOS ACUERDOS INTEGRALES DE RENEGOCIACION CONTRACTUAL, DEBERA INSTRUMENTARSE EL MECANISMO DE AUDIENCIA PUBLICA QUE POSIBILITE LA PARTICIPACION CIUDADANA, EN LOS TERMINOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 5° DEL DECRETO N° 367 DE FECHA 16 DE FEBRERO DE 2016.
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Normativa / Número
Resolución 3784 / 2016
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS |
Fecha publicación 06-Mayo-2016 |
Descripción
RESOLUCION ENARGAS N° I-2905/14 - MODIFICACIONMODIFICAR EL ARTICULO 3° DE LA RESOLUCION ENARGAS N° I-2905/14 EL QUE QUEDARA REDACTADO DE LA SIGUIENTE FORMA “ESTABLECER QUE SERA DE APLICACION A LOS USUARIOS INCORPORADOS AL REGISTRO CREADO EN EL ARTICULO 1° DE LA PRESENTE, LA TARIFA FINAL DIFERENCIADA DENOMINADA ‘TARIFA SOCIAL’ DISPUESTA POR LA RESOLUCION MEYM N° 28/16, O AQUELLA QUE EN EL FUTURO LA REEMPLACE O SUSTITUYA”.
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Normativa / Número
Resolución 99 / 2016
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA |
Fecha publicación 07-Jun-2016 |
Descripción
AJUSTE DE PRECIOS, CUADRO TARIFARIO - LIMITESINSTRUYESE AL ENARGAS PARA QUE, EN EL EJERCICIO DE SUS FACULTADES, DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS A FIN DE QUE, DURANTE EL AÑO 2016, LOS MONTOS, SIN IMPUESTOS, DE LAS FACTURAS QUE EMITAN LAS PRESTATARIAS DEL SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION DE GAS POR REDES DE TODO EL PAIS, QUE LOS USUARIOS RESIDENCIALES (CATEGORIA R Y SUS SUBCATEGORIAS) DEBAN ABONAR POR CONSUMOS REALIZADOS A PARTIR DEL 1 DE ABRIL DE 2016, NO SUPEREN EN MAS DE UN CUATROCIENTOS POR CIENTO (400%) AL MONTO FINAL, SIN IMPUESTOS, QUE PARA DICHOS CONSUMOS HUBIERE CORRESPONDIDO FACTURAR DE APLICARSE, AL MISMO USUARIO Y PARA EL VOLUMEN CONSUMIDO EN EL NUEVO PERIODO DE FACTURACION, LAS TARIFAS VIGENTES AL 31 DE MARZO DE 2016.
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Normativa / Número
Resolución 3843 / 2016
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS |
Fecha publicación 10-Jun-2016 |
Descripción
PAGO DE FACTURASDISPONER QUE LOS MONTOS, SIN IMPUESTOS, QUE LOS USUARIOS RESIDENCIALES DEL SERVICIO DE DISTRIBUCION DE GAS POR REDES DE TODO EL PAIS DEBAN ABONAR POR EL PAGO DE LAS FACTURAS QUE SE EMITAN POR LOS CONSUMOS REALIZADOS A PARTIR DEL 1° DE ABRIL DE 2016 Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE DICHO AÑO, NO PODRAN SUPERAR EN MAS DE UN CUATROCIENTOS POR CIENTO (400%) AL MONTO, SIN IMPUESTOS, QUE HUBIERE CORRESPONDIDO FACTURAR DE APLICARSE, PARA LA MISMA CATEGORIA DE USUARIO Y PARA EL MISMO VOLUMEN CONSUMIDO EN EL PERIODO DE FACTURACION, LAS TARIFAS VIGENTES AL 31 DE MARZO DE 2016. EN CONSECUENCIA, EN AQUELLOS CASOS QUE POR APLICACION DE LOS CUADROS TARIFARIOS CON VIGENCIA A PARTIR DEL 1° DE ABRIL DE 2016; EL MONTO SIN IMPUESTOS A FACTURAR SUPERARA EL LIMITE ESTABLECIDO, LA DIFERENCIA DEBERA SER DEDUCIDA DE LA FACTURA QUE SE EMITA AL USUARIO, EN LINEA SEPARADA A CONTINUACION DE LOS CONCEPTOS TARIFARIOS, BAJO LA DENOMINACION “BONIFICACION SEGÚN RESOLUCION MEYM N° 99/16”.
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Normativa / Número
Resolución 129 / 2016
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA |
Fecha publicación 13-Jul-2016 |
Descripción
RESOLUCION Nº 99/16 - MODIFICACIONSUSTITUYESE EL ART. 1º Y 2º DE LA RESOLUCION Nº 99 DE FECHA 6 DE JUNIO DE 2016 DE ESTE MINISTERIO.
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Normativa / Número
Resolución 152 / 2016
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINERIA |
Fecha publicación 19-Ago-2016 |
Descripción
INSTRUCCIONES ENARGAS - AUDIENCIA PUBLICAINSTRUYESE AL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) A QUE, EN EJERCICIO DE SUS FACULTADES, DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS A FIN DE QUE LAS PRESTADORAS DEL SERVICIO PUBLICO DE DISTRIBUCION DE GAS NATURAL POR REDES DE TODO EL PAIS, APLIQUEN A LOS USUARIOS RESIDENCIALES, POR LOS CONSUMOS EFECTUADOS A PARTIR DEL 1 DE ABRIL DE 2016, LOS CUADROS TARIFARIOS VIGENTES AL 31 DE MARZO DE 2016. PARA LOS USUARIOS RESIDENCIALES A LOS QUE HUBIERE CORRESPONDIDO LA APLICACION DEL REGIMEN DE TARIFA SOCIAL ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 5° DE LA RESOLUCION N° 28 DE FECHA 28 DE MARZO DE 2016 DE ESTE MINISTERIO, EL MONTO FINAL A FACTURAR CONFORME A LO DISPUESTO EN EL PARRAFO ANTERIOR NO PODRA RESULTAR SUPERIOR AL QUE HUBIESE CORRESPONDIDO DE APLICARSE A DICHOS USUARIOS LOS CUADROS TARIFARIOS APROBADOS POR LAS RESOLUCIONES DEL ENARGAS EN CUMPLIMIENTO DE LAS RESOLUCIONES NROS. 28/2016 Y 31/2016, CONSIDERANDO LA APLICACION DEL REFERIDO REGIMEN DE TARIFA SOCIAL.
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