Resolución 37 / 2012
GRUPO DEL MERCADO COMUN
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Resolución 54 / 2003
GRUPO DEL MERCADO COMUN |
Fecha publicación 10-Mayo-2004 |
Descripción
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO-LABORALCREAR EL "TRIBUNAL ADMINISTRATIVOLABORAL DEL MERCOSUR", UNICA INSTANCIA JURISDICCIONAL PARA RESOLVER LAS RECLAMACIONES DE INDOLE ADMINISTRATIVOLABORAL DEL PERSONAL DE LA SM Y LAS PERSONAS CONTRATADAS POR LA SM PARA OBRAS O SERVICIOS DETERMINADOS EN LA SM O EN OTROS ORGANOS DE LA ESTRUCTURA INSTITUCIONAL DEL MERCOSUR.
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Normativa / Número
Resolución 6 / 2004
GRUPO DEL MERCADO COMUN |
Fecha publicación 28-Ene-2005 |
Descripción
NORMAS GENERALES - SECRETARIA DEL MERCOSURAPROBAR LAS "NORMAS GENERALES RELATIVAS A LOS FUNCIONARIOS DE LA SECRETARIA DEL MERCOSUR", QUE FIGURAN COMO ANEXO Y FORMAN PARTE DE LA PRESENTE RESOLUCION.
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Normativa / Número
Decisión 7 / 2007
CONSEJO DEL MERCADO COMUN |
Fecha publicación 01-Mar-2007 |
Descripción
SECRETARIA DEL MERCOSUR - ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTOESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA SECRETARIA DEL MERCOSUR.
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Normativa / Número
Resolución 68 / 2008
GRUPO DEL MERCADO COMUN |
Fecha publicación 29-Jun-2009 |
Descripción
NORMAS GENERALES RELATIVAS A LOS FUNCIONARIOS DE LA SM, UTF/SM Y STNORMAS GENERALES RELATIVAS A LOS FUNCIONARIOS DE LA SM, UTF/SM Y ST.
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Normativa / Número
Resolución 14 / 2012
GRUPO DEL MERCADO COMUN |
Fecha publicación 10-Sep-2013 |
Descripción
RESOLUCION GMC Nº 68/08 - MODIFICACIONELEVAR LOS MONTOS MAXIMOS MENSUALES ESTABLECIDOS EN LOS ARTICULOS 1 Y 2 DEL ANEXO II DE LA RESOLUCION GMC Nº 68/08 A US$ 375 (TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO DOLARES ESTADOUNIDENSES) PARA EL PAGO DE ASISTENCIA MEDICA Y HOSPITALARIA Y A US$ 360 (TRESCIENTOS SESENTA DOLARES ESTADOUNIDENSES) PARA LA AYUDA ESCUELA, FIJANDOSE EN US$ 90 (NOVENTA DOLARES ESTADOUNIDENSES) LA SUMA POR DEPENDIENTE.
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Normativa / Número
Resolución 17 / 2012
GRUPO DEL MERCADO COMUN |
Fecha publicación 10-Sep-2013 |
Descripción
MECANISMO DE REAJUSTE SALARIAL APLICABLE A LOS FUNCIONARIOS DE LOS ORGANOS DEL MERCOSURAPROBAR EL “MECANISMO DE REAJUSTE SALARIAL” QUE CONSTA COMO ANEXO I Y FORMA PARTE DE LA PRESENTE RESOLUCION. DICHO MECANISMO SERA APLICADO POR PRIMERA VEZ A PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 2014 PARA EL CALCULO DE LOS SALARIOS QUE CONSTAN EN LOS ANEXOS II, III Y IV DE LA PRESENTE RESOLUCION.
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