MERCOSUR
MECANISMO DE REAJUSTE SALARIAL APLICABLE A LOS FUNCIONARIOS DE LOS ORGANOS DEL MERCOSUR
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
10-Sep-2013
Resumen:
APROBAR EL “MECANISMO DE REAJUSTE SALARIAL” QUE CONSTA COMO ANEXO I Y FORMA PARTE DE LA PRESENTE RESOLUCION. DICHO MECANISMO SERA APLICADO POR PRIMERA VEZ A PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 2014 PARA EL CALCULO DE LOS SALARIOS QUE CONSTAN EN LOS ANEXOS II, III Y IV DE LA PRESENTE RESOLUCION.