SEGUROS
CODIGO DE OPERACION DE REASEGURO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
06-Jul-2012
Resumen:
LOS CONTRATOS DE REASEGURO Y RETROCESION, TANTO AUTOMATICOS COMO FACULTATIVOS, CELEBRADOS POR LAS ENTIDADES ASEGURADORAS Y REASEGURADORAS LOCALES, CUYAS VIGENCIAS SE INICIEN A PARTIR DEL 1/7/2012, DEBERAN SER IDENTIFICADOS BAJO UN CODIGO DE SEGUIMIENTO DENOMINADO CODIGO DE OPERACION DE REASEGURO, EN ADELANTE CORE.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 13 DE LA RESOLUCION 37871 DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, B.O. 30/10/2013, PAGINA 54.