SEGUROS
CONDICIONES CONTRACTUALES DEL RAMO DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y/O REMOLCADOS
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
23-Sep-2011
Resumen:
APRUEBASE CON CARACTER GENERAL Y DE APLICACION UNIFORME PARA TODAS LAS ENTIDADES ASEGURADORAS, LAS CONDICIONES CONTRACTUALES DEL RAMO DE VEHICULOS AUTOMOTORES Y/O REMOLCADOS. DEJESE SIN EFECTO LO ESTABLECIDO POR LOS ARTICULOS 2º, 3º Y 4º DE LA RESOLUCION Nº 35.864.
Observaciones:
DECLARESE, A PARTIR DEL 1 DE DICIEMBRE DE 2014, LA CADUCIDAD POR PLAZO VENCIDO, OBJETO O CONDICION CUMPLIDOS, POR EL ARTICULO 4° DE LA RESOLUCION 38.708 DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, B.O. 13/11/2014, PAGINA 18.