MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución 29-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 08/03/2017
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2017-03296280- -APN-SECMA#MM, la Ley N° 25.506, los Decretos Nros. 13 del 5 de enero de 2016, 434 del 1º de marzo de 2016, 561 del 6 de abril de 2016, 888 del 22 de julio de 2016 y 1131 del 28 de octubre de 2016, la Decisión Administrativa N° 506 del 2 de diciembre de 2009 y las Resoluciones Nros. 22-E del 7 de octubre de 2016 y 44-E del 30 de diciembre de 2016 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, reconoce la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y en su artículo 48 establece que el Estado Nacional, dentro de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas, búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.
Que el Decreto N° 13 del 5 de enero de 2016 faculta a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a entender en las propuestas e iniciativas de transformación, innovación, mejora continua e integración de los procesos transversales y sistemas centrales de soporte de gestión del Sector Público Nacional, a partir del desarrollo y coordinación de políticas, marcos normativos, capacidades, instrumentos de apoyo y plataformas tecnológicas.
Que el Decreto Nº 434 del 1º de marzo de 2016 que aprueba el PLAN DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contempla el PLAN DE TECNOLOGÍA Y GOBIERNO DIGITAL instrumentado sobre una plataforma horizontal informática de generación de documentos y expedientes electrónicos, registros y otros contenedores que sea utilizada por toda la administración a los fines de facilitar la gestión documental, el acceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de los plazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.
Que el citado Decreto Nro. 434 del 1° de marzo de 2016 establece como segundo eje del PLAN DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, la Gestión Integral de los Recursos Humanos, e identifica como instrumento al Registro Único de Personal y Prestadores Informatizado, previendo la implementación del Legajo Único Personal Informatizado para toda persona que mantenga vinculación en la prestación de servicios personales, así como la digitalización y validación mediante firma electrónica de aquella documentación requerida por exigencias legales o de auditoría.
Que el Decreto Nº 561 del 6 de abril de 2016 aprueba la implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público Nacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión de expedientes electrónicos.
Que el mencionado Decreto N° 561 del 6 de abril de 2016, ordena a las entidades y jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que componen el Sector Público Nacional la utilización del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE para la totalidad de las actuaciones administrativas, de acuerdo al cronograma que fije el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que la Decisión Administrativa N° 506 del 2 de diciembre de 2009 contempla el Legajo Informatizado Único del Personal de la Administración Nacional.
Que el Decreto N° 888 del 22 de julio de 2016 dispone la implementación del Sistema de Administración de Recursos Humanos (SAHRA) como sistema integral de gestión y administración del personal que presta servicios en las entidades y jurisdicciones comprendidas en el inciso a) del Artículo 8 de la Ley Nro. 24.156, estableciendo el plazo de UN (1) año a partir de dicha fecha para su operativización.
Que el mencionado Decreto N° 888 del 22 de julio de 2016 establece que dicho Sistema de Administración de Recursos Humanos (SAHRA) será la base para la implementación del Registro Central del Personal del Sector Público Nacional y del Régimen de Administración del Legajo Informatizado Único del Personal de la Administración Pública Nacional según corresponda, de acuerdo a lo prescripto en los artículos 5° y 6° de la Decisión Administrativa N° 506 del 2 de diciembre de 2009, respectivamente, su interconexión con el módulo Legajo Único Electrónico – LUE del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE.
Que la Resolución N° 22-E del 7 de octubre de 2016 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA aprueba la implementación del módulo “LEGAJO ÚNICO ELECTRÓNICO” (LUE) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE, como único medio de creación, registro, guarda y archivo de la totalidad de la documentación y datos correspondientes a las personas que prestan servicios en virtud de cualquier modalidad en el ámbito establecido en el Artículo 8 de la Ley N° 24.156.
Que por otra parte, el Decreto N° 1131 del 28 de octubre de 2016 regula la digitalización y archivo de documentos en formato electrónico, facultando a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA a dictar las normas operativas, aclaratorias y complementarias relativas a la conservación y plazos de guarda de los documentos electrónicos y expedientes en el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), así como para el proceso de digitalización, archivo y conservación de documentos de gestión en soporte papel en el ámbito del sector público nacional.
Que, dado que actualmente existen diversas situaciones en los organismos en cuanto al formato y soporte de los legajos de personal, y que la Resolución N° 22-E/2016 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA aprueba la implementación del módulo LEGAJO ÚNICO ELECTRÓNICO (LUE) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE, corresponde instruir a los organismos alcanzados para que migren los legajos del personal al mencionado módulo LUE, inclusive los obrantes en sistemas de información existentes, tales como por ejemplo el sistema de Administración de Recursos Humanos – SARHA o el sistema de Información Universitaria – SIU.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 6° del Decreto N° 888/16 y por el artículo 4° del Decreto N° 1131/16.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN Y FIRMA DIGITAL de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 888/16 y 1131/16.
Por ello,
EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º — Establécese que los legajos del personal que presta servicios en virtud de cualquier modalidad en el ámbito establecido en el artículo 8 de la Ley N° 24.156 deberán confeccionarse únicamente mediante el módulo “Legajo Único Electrónico” (LUE) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), en reemplazo de cualquier otro sistema de legajo existente como por ejemplo el que poseen los sistemas de Administración de Recursos Humanos SARHA o de Información Universitaria SIU PAMPA.
ARTÍCULO 2° — Establécese que los legajos obrantes en soporte papel del personal en actividad, deberán ser digitalizados e incorporados al módulo “Legajo Único Electrónico” (LUE), de acuerdo con los procedimientos y protocolos de escaneo aprobados por la Resolución N° 44-E del 30 de diciembre de 2016 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA.
ARTÍCULO 3° — Establécese que la presente Resolución será de aplicación obligatoria de acuerdo con el siguiente cronograma:
a) A partir del 1ro. de abril de 2017 en los siguientes organismos:
1) Jefatura de Gabinete de Ministros
2) Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación
3) Secretaría General de la Presidencia de la NaciÓn
4) Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina (SEDRONAR) de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
5) Ministerio de Modernización
6) Ministerio de Transporte
7) Ministerio de Seguridad
8) Ministerio de Producción
9) Ministerio de Salud
10) Ministerio de Agroindustria
11) Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva
12) Ministerio de Energía y Minería
13) Ministerio de Defensa
14) Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
15) Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable
16) Ministerio de Comunicaciones
17) Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
18) Ministerio de Turismo
19) Ministerio de Cultura
20) Ministerio de Educación y Deportes
21) Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) dependiente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
22) Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
23) Ministerio de Desarrollo Social
24) Ministerio de Finanzas
25) Ministerio de Hacienda
26) Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA
27) Tribunal Fiscal de la Nación dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA
28) Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda
29) REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS (RENAPER) dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
30) Dirección Nacional de Migraciones dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
31) Instituto Nacional del Agua (INA) dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
32) Servicio Meteorológico Nacional dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
33) Instituto Geográfico Nacional dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
34) Tribunal Fiscal de la Nación dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA
b) A partir del 1ro. de julio de 2017 en los siguientes organismos:
1) Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
2) Archivo Nacional de la Memoria dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
3) Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
4) Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
5) Procuración del Tesoro de la Nación
6) Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD
7) Organismo de Control de Concesiones Viales (OCCOVI ex OCRABA) dependiente del MINISTERIO DE TRANSPORTE
8) Administración General de Puertos S.E. dependiente del MINISTERIO DE TRANSPORTE
9) Instituto Nacional de Promoción Turística dependiente del MINISTERIO DE TURISMO
10) Instituto Nacional de Prevención Sísmica (INPRES) dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
11) Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA) dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
12) Organismo Regulador de Seguridad de Presas dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
13) Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
14) Lotería Nacional S.E. dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
15) Comisión Nacional de Coordinación del Programa de Promoción del Microcrédito para el Desarrollo de la Economía Social dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
16) Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
17) Comisión Nacional de Comercio Exterior dependiente del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
18) Comisión Nacional de Defensa de la Competencia dependiente del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
19) Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) dependiente del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
20) Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares (IAFPRPM) dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
21) Dirección General de Fabricaciones Militares dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
22) Estado Mayor Conjunto (EMCO) dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
23) Estado Mayor General del Ejército Argentino dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
24) Estado Mayor General de la Armada Argentina dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
25) Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
26) Construcción de Viviendas para la Armada (COVIARA) dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
27) Fábrica Argentina de Aviones S.A. dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
28) Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA) dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
29) Empresa de Cargas Aéreas del Atlántico Sud S.A (EDCADASSA)
30) Coorporación Interestadual Pulmarí
31) Talleres Navales Dársena Norte (TANDANOR) S.A.C.I. y N. dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
32) Instituto de Investigaciones Científicas y Técnicas para la Defensa (CITEDEF) dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
c) A partir del 1ro. de agosto de 2017 en los siguientes organismos:
1) ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS – AFIP
2) ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL – ANSES
3) INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS – PAMI
ARTÍCULO 4° — Comuníquese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN - SIGEN.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Eduardo Nicolás Martelli.
SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA
Resolución 29-E/2017
Ciudad de Buenos Aires, 08/03/2017
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2017-03296280- -APN-SECMA#MM, la Ley N° 25.506, los Decretos Nros. 13 del 5 de enero de 2016, 434 del 1º de marzo de 2016, 561 del 6 de abril de 2016, 888 del 22 de julio de 2016 y 1131 del 28 de octubre de 2016, la Decisión Administrativa N° 506 del 2 de diciembre de 2009 y las Resoluciones Nros. 22-E del 7 de octubre de 2016 y 44-E del 30 de diciembre de 2016 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital, reconoce la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y en su artículo 48 establece que el Estado Nacional, dentro de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas, búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización.
Que el Decreto N° 13 del 5 de enero de 2016 faculta a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a entender en las propuestas e iniciativas de transformación, innovación, mejora continua e integración de los procesos transversales y sistemas centrales de soporte de gestión del Sector Público Nacional, a partir del desarrollo y coordinación de políticas, marcos normativos, capacidades, instrumentos de apoyo y plataformas tecnológicas.
Que el Decreto Nº 434 del 1º de marzo de 2016 que aprueba el PLAN DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contempla el PLAN DE TECNOLOGÍA Y GOBIERNO DIGITAL instrumentado sobre una plataforma horizontal informática de generación de documentos y expedientes electrónicos, registros y otros contenedores que sea utilizada por toda la administración a los fines de facilitar la gestión documental, el acceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de los plazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente.
Que el citado Decreto Nro. 434 del 1° de marzo de 2016 establece como segundo eje del PLAN DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, la Gestión Integral de los Recursos Humanos, e identifica como instrumento al Registro Único de Personal y Prestadores Informatizado, previendo la implementación del Legajo Único Personal Informatizado para toda persona que mantenga vinculación en la prestación de servicios personales, así como la digitalización y validación mediante firma electrónica de aquella documentación requerida por exigencias legales o de auditoría.
Que el Decreto Nº 561 del 6 de abril de 2016 aprueba la implementación del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público Nacional, actuando como plataforma para la implementación de gestión de expedientes electrónicos.
Que el mencionado Decreto N° 561 del 6 de abril de 2016, ordena a las entidades y jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156 que componen el Sector Público Nacional la utilización del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE para la totalidad de las actuaciones administrativas, de acuerdo al cronograma que fije el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que la Decisión Administrativa N° 506 del 2 de diciembre de 2009 contempla el Legajo Informatizado Único del Personal de la Administración Nacional.
Que el Decreto N° 888 del 22 de julio de 2016 dispone la implementación del Sistema de Administración de Recursos Humanos (SAHRA) como sistema integral de gestión y administración del personal que presta servicios en las entidades y jurisdicciones comprendidas en el inciso a) del Artículo 8 de la Ley Nro. 24.156, estableciendo el plazo de UN (1) año a partir de dicha fecha para su operativización.
Que el mencionado Decreto N° 888 del 22 de julio de 2016 establece que dicho Sistema de Administración de Recursos Humanos (SAHRA) será la base para la implementación del Registro Central del Personal del Sector Público Nacional y del Régimen de Administración del Legajo Informatizado Único del Personal de la Administración Pública Nacional según corresponda, de acuerdo a lo prescripto en los artículos 5° y 6° de la Decisión Administrativa N° 506 del 2 de diciembre de 2009, respectivamente, su interconexión con el módulo Legajo Único Electrónico – LUE del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE.
Que la Resolución N° 22-E del 7 de octubre de 2016 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA aprueba la implementación del módulo “LEGAJO ÚNICO ELECTRÓNICO” (LUE) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE, como único medio de creación, registro, guarda y archivo de la totalidad de la documentación y datos correspondientes a las personas que prestan servicios en virtud de cualquier modalidad en el ámbito establecido en el Artículo 8 de la Ley N° 24.156.
Que por otra parte, el Decreto N° 1131 del 28 de octubre de 2016 regula la digitalización y archivo de documentos en formato electrónico, facultando a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA a dictar las normas operativas, aclaratorias y complementarias relativas a la conservación y plazos de guarda de los documentos electrónicos y expedientes en el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), así como para el proceso de digitalización, archivo y conservación de documentos de gestión en soporte papel en el ámbito del sector público nacional.
Que, dado que actualmente existen diversas situaciones en los organismos en cuanto al formato y soporte de los legajos de personal, y que la Resolución N° 22-E/2016 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA aprueba la implementación del módulo LEGAJO ÚNICO ELECTRÓNICO (LUE) del sistema de Gestión Documental Electrónica – GDE, corresponde instruir a los organismos alcanzados para que migren los legajos del personal al mencionado módulo LUE, inclusive los obrantes en sistemas de información existentes, tales como por ejemplo el sistema de Administración de Recursos Humanos – SARHA o el sistema de Información Universitaria – SIU.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 6° del Decreto N° 888/16 y por el artículo 4° del Decreto N° 1131/16.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE ADMINISTRACIÓN Y FIRMA DIGITAL de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 888/16 y 1131/16.
Por ello,
EL SECRETARIO DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º — Establécese que los legajos del personal que presta servicios en virtud de cualquier modalidad en el ámbito establecido en el artículo 8 de la Ley N° 24.156 deberán confeccionarse únicamente mediante el módulo “Legajo Único Electrónico” (LUE) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), en reemplazo de cualquier otro sistema de legajo existente como por ejemplo el que poseen los sistemas de Administración de Recursos Humanos SARHA o de Información Universitaria SIU PAMPA.
ARTÍCULO 2° — Establécese que los legajos obrantes en soporte papel del personal en actividad, deberán ser digitalizados e incorporados al módulo “Legajo Único Electrónico” (LUE), de acuerdo con los procedimientos y protocolos de escaneo aprobados por la Resolución N° 44-E del 30 de diciembre de 2016 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA.
ARTÍCULO 3° — Establécese que la presente Resolución será de aplicación obligatoria de acuerdo con el siguiente cronograma:
a) A partir del 1ro. de abril de 2017 en los siguientes organismos:
1) Jefatura de Gabinete de Ministros
2) Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación
3) Secretaría General de la Presidencia de la NaciÓn
4) Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina (SEDRONAR) de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
5) Ministerio de Modernización
6) Ministerio de Transporte
7) Ministerio de Seguridad
8) Ministerio de Producción
9) Ministerio de Salud
10) Ministerio de Agroindustria
11) Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva
12) Ministerio de Energía y Minería
13) Ministerio de Defensa
14) Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
15) Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable
16) Ministerio de Comunicaciones
17) Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto
18) Ministerio de Turismo
19) Ministerio de Cultura
20) Ministerio de Educación y Deportes
21) Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) dependiente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES
22) Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
23) Ministerio de Desarrollo Social
24) Ministerio de Finanzas
25) Ministerio de Hacienda
26) Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA
27) Tribunal Fiscal de la Nación dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA
28) Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda
29) REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS (RENAPER) dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
30) Dirección Nacional de Migraciones dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
31) Instituto Nacional del Agua (INA) dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
32) Servicio Meteorológico Nacional dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
33) Instituto Geográfico Nacional dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
34) Tribunal Fiscal de la Nación dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA
b) A partir del 1ro. de julio de 2017 en los siguientes organismos:
1) Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
2) Archivo Nacional de la Memoria dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
3) Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI) dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
4) Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
5) Procuración del Tesoro de la Nación
6) Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD
7) Organismo de Control de Concesiones Viales (OCCOVI ex OCRABA) dependiente del MINISTERIO DE TRANSPORTE
8) Administración General de Puertos S.E. dependiente del MINISTERIO DE TRANSPORTE
9) Instituto Nacional de Promoción Turística dependiente del MINISTERIO DE TURISMO
10) Instituto Nacional de Prevención Sísmica (INPRES) dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
11) Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA) dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
12) Organismo Regulador de Seguridad de Presas dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
13) Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
14) Lotería Nacional S.E. dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
15) Comisión Nacional de Coordinación del Programa de Promoción del Microcrédito para el Desarrollo de la Economía Social dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
16) Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
17) Comisión Nacional de Comercio Exterior dependiente del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
18) Comisión Nacional de Defensa de la Competencia dependiente del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
19) Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) dependiente del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
20) Instituto de Ayuda Financiera para Pago de Retiros y Pensiones Militares (IAFPRPM) dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
21) Dirección General de Fabricaciones Militares dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
22) Estado Mayor Conjunto (EMCO) dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
23) Estado Mayor General del Ejército Argentino dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
24) Estado Mayor General de la Armada Argentina dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
25) Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Argentina dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
26) Construcción de Viviendas para la Armada (COVIARA) dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
27) Fábrica Argentina de Aviones S.A. dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
28) Instituto de Obra Social de las Fuerzas Armadas (IOSFA) dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
29) Empresa de Cargas Aéreas del Atlántico Sud S.A (EDCADASSA)
30) Coorporación Interestadual Pulmarí
31) Talleres Navales Dársena Norte (TANDANOR) S.A.C.I. y N. dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
32) Instituto de Investigaciones Científicas y Técnicas para la Defensa (CITEDEF) dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA
c) A partir del 1ro. de agosto de 2017 en los siguientes organismos:
1) ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS – AFIP
2) ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL – ANSES
3) INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS – PAMI
ARTÍCULO 4° — Comuníquese la presente medida a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN - SIGEN.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Eduardo Nicolás Martelli.
e. 14/03/2017 N° 14414/17 v. 14/03/2017