MINISTERIO DE MODERNIZACION
MODULO LEGAJO UNICO ELECTRONICO (LUE) - APLICACIONES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
14-Mar-2017
Resumen:
ESTABLECESE QUE LOS LEGAJOS DEL PERSONAL QUE PRESTA SERVICIOS EN VIRTUD DE CUALQUIER MODALIDAD EN EL AMBITO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 8 DE LA LEY N° 24.156 DEBERAN CONFECCIONARSE UNICAMENTE MEDIANTE EL MODULO “LEGAJO UNICO ELECTRONICO” (LUE) DEL SISTEMA DE GESTION DOCUMENTAL ELECTRONICA (GDE), EN REEMPLAZO DE CUALQUIER OTRO SISTEMA DE LEGAJO EXISTENTE COMO POR EJEMPLO EL QUE POSEEN LOS SISTEMAS DE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS SARHA O DE INFORMACION UNIVERSITARIA SIU PAMPA.