Presidencia de la Nación

Resolución 229 / 2011

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Resolución 140 / 2012

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

Fecha publicación 14-Ago-2012 Descripción
FIDEICOMISOS

FIDEICOMISOS. ARTICULO 20, INCISO 22 DE LA LEY Nº 25.246 Y SUS MODIFICATORIAS.

Normativa / Número Resolución 3 / 2014

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

Fecha publicación 10-Ene-2014 Descripción
NORMATIVA - ADECUACION

ADECUACION DE LA NORMATIVA DIRIGIDA A LOS SUJETOS OBLIGADOS ENUMERADOS EN EL ARTICULO 20 DE LA LEY N° 25.246 Y SUS MODIFICATORIAS. REPORTE DE REGISTRACION Y CUMPLIMIENTO POR PARTE DE LOS SUJETOS OBLIGADOS.

Normativa / Número Resolución 195 / 2015

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

Fecha publicación 24-Jun-2015 Descripción
MEDIDAS Y PROCEDIMIENTOS - ESTABLECENSE

ESTABLECENSE LAS MEDIDAS Y PROCEDIMIENTOS DE IDENTIFICACION Y CONOCIMIENTO DE LOS CLIENTES QUE LOS SUJETOS OBLIGADOS ALCANZADOS POR LAS RESOLUCIONES UIF N° 121/2011, N° 229/2011 Y N° 140/2012 Y SUS MODIFICATORIAS DEBERAN OBSERVAR EN EL MARCO DE LA OPERATORIA ESTABLECIDA POR LA LEY N° 26.984.

Normativa / Número Resolución 104 / 2016

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

Fecha publicación 01-Sep-2016 Descripción
RESOLUCIONES UIF - MODIFICACIONES

SUSTITUYASE EL INCISO B) DEL ARTICULO 2° DE LA RESOLUCION UIF N° 121/2011. SUSTITUYASE EL PRIMER PARRAFO DEL ARTICULO 18 Y EL SEGUNDO PARRAFO DEL INCISO J) DEL ARTICULO 21 DE LA RESOLUCION UIF N° 121/2011. SUSTITUYASE EL INCISO B) DEL ARTICULO 2° DE LA RESOLUCION UIF N° 229/2011. SUSTITUYASE EL TEXTO DEL ARTICULO 12 DE LA RESOLUCION UIF N° 70/2011. SUSTITUYASE EL TEXTO DEL PRIMER PARRAFO DEL ARTICULO 16 DE LA RESOLUCION UIF N° 127/2012. SUSTITUYASE EL TEXTO DEL ARTICULO 26 DE LA RESOLUCION UIF N° 127/2012. SUSTITUYASE EL TEXTO DEL PRIMER PARRAFO DEL ARTICULO 11 DE LA RESOLUCION UIF N° 17/2012. SUSTITUYASE EL TEXTO DEL PRIMER PARRAFO DEL ARTICULO 11 DE LA RESOLUCION UIF N° 23/2012. SUSTITUYASE EL TEXTO DEL ARTICULO 12 DE LA RESOLUCION UIF N° 28/2011. SUSTITUYASE EL TEXTO DEL ARTICULO 13 DE LA RESOLUCION UIF N° 28/2011. SUSTITUYASE EL TEXTO DEL ARTICULO 5° DE LA RESOLUCION UIF N° 70/2011. SUSTITUYASE EL APARTADO II DEL ARTICULO 14 DE LA RESOLUCION UIF N° 202/2015. SUSTITUYASE EL APARTADO II DEL ARTICULO 15 DE LA RESOLUCION UIF N° 202/2015. SUSTITUYASE EL INCISO A) DEL ARTICULO 23 DE LA RESOLUCION UIF N° 202/2015. SUSTITUYASE EL INCISO C) DEL ARTICULO 23 DE LA RESOLUCION UIF N° 202/2015. SUSTITUYASE EL INCISO D) DEL ARTICULO N° 23 DE LA RESOLUCION UIF N° 202/2015. Y OTRAS.

Normativa / Número Resolución 141 / 2016

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

Fecha publicación 04-Nov-2016 Descripción
POLITICA DE IDENTIFICACION Y CONOCIMIENTO DEL CLIENTE - MODIFICACION RESOLUCIONES 229/11 Y 121/11

LOS SUJETOS OBLIGADOS ENUMERADOS EN LOS INCISOS 1, 2, 4 Y 5 DEL ARTICULO 20 DE LA LEY N° 25.246 Y SUS MODIFICATORIAS, DEBERAN IMPLEMENTAR LA DEBIDA DILIGENCIA DEL CLIENTE APLICANDO UN ENFOQUE BASADO EN RIESGOS PARA ENTENDER Y OBTENER INFORMACION SOBRE EL PROPOSITO Y LA NATURALEZA ESPERADA DE LA RELACION COMERCIAL, Y LLEVAR A CABO UNA DEBIDA DILIGENCIA CONTINUA SOBRE DICHA RELACION CON UN MONITOREO DE LA OPERATORIA EN FUNCION DEL RIESGO ASIGNADO QUE PERMITA ASEGURAR QUE LAS OPERACIONES SEAN CONSISTENTES CON EL CONOCIMIENTO DEL CLIENTE Y SU PERFIL TRANSACCIONAL, INCLUYENDO, DE SER NECESARIO, EL ORIGEN DE LOS FONDOS. MODIFICACION DE LAS RESOLUCIONES UIF N° 229/2011 Y 121/2011.

Normativa / Número Resolución 4 / 2017

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

Fecha publicación 13-Ene-2017 Descripción
APERTURA A DISTANCIA DE CUENTAS ESPECIALES DE INVERSION DE INVERSORES EXTRANJEROS Y NACIONALES

DEBIDA DILIGENCIA ESPECIAL PARA LA APERTURA A DISTANCIA DE CUENTAS ESPECIALES DE INVERSION DE INVERSORES EXTRANJEROS Y NACIONALES

Normativa / Número Resolución 21 / 2018

UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA

Fecha publicación 05-Mar-2018 Descripción
LINEAMIENTOS - ESTABLECENSE

LA PRESENTE RESOLUCION TIENE POR OBJETO ESTABLECER LOS LINEAMIENTOS PARA LA GESTION DE RIESGOS DE LA/FT Y DE CUMPLIMIENTO MINIMO QUE LOS SUJETOS OBLIGADOS DEL MERCADO DE CAPITALES DEBERAN ADOPTAR Y APLICAR PARA GESTIONAR, DE ACUERDO CON SUS POLITICAS, PROCEDIMIENTOS Y CONTROLES, EL RIESGO DE SER UTILIZADAS POR TERCEROS CON OBJETIVOS CRIMINALES DE LA/FT.

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