INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
REGISTRO COMO MARCA - PROHIBICION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
01-Ago-2014
Resumen:
PROHIBIR EL REGISTRO COMO MARCA, CUALQUIERA FUERE SU NATURALEZA, CUANDO EL SIGNO PRETENDIDO CONTENGA LOS VOCABLOS “LIGHT”, “SUAVE”, “MILDS” O LA FRASE “BAJO CONTENIDO EN NICOTINA Y ALQUITRAN” O TERMINOS SIMILARES, SOLOS, COMBINADOS ENTRE SI O COMBINADOS CON OTROS VOCABLOS, PARA PROTEGER TODOS LOS PRODUCTOS DE LA CLASE 34 INTERNACIONAL DEL ARREGLO DE NIZA.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 1° DE LA RESOLUCION 191/2014 DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, B.O. 05/09/2014, PAGINA 25,