MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
OBLIGATORIEDAD DE LOS ACUERDOS BILATERALES
Resumen:
OBLIGATORIEDAD DE LOS ACUERDOS BILATERALES: SE ESTABLECE LA OBLIGATORIEDAD, POR PARTE DE QUIENES PRETENDAN EXPORTAR, IMPORTAR O REALIZAR TRANSITOS INTERNACIONALES DE PRODUCTOS Y SUBPRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL, DE CUMPLIR CON LAS EXIGENCIAS ESTABLECIDAS EN LOS ACUERDOS BILATERALES QUE SUSCRIBE LA DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL, COMO AUTORIDAD FITOSANITARIA.
Observaciones:
ESTA NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 401/2010 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL. ABROGADA POR EL ARTICULO 5° DE LA RESOLUCION 638/2022 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, B.O. 24/10/2022, PAGINA 53. VIGENCIA: VER ARTICULO 9° DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.