SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
CONDICIONES EXIGIDAS POR LA REPUBLICA POPULAR CHINA
Resumen:
CONDICIONES EXIGIDAS POR LA REPUBLICA POPULAR CHINA PARA LOS ESTABLECIMIENTOS Y EL GANADO VACUNO EN PIE DE LOS CUALES DERIVA LA CARNE DE EXPORTACION A ESE PAIS. SE ESTABLECEN LAS CONDICIONES SANITARIAS Y DE TRAZABILIDAD QUE DEBEN CUMPLIR LOS ESTABLECIMIENTOS AGROPECUARIOS Y EL GANADO VACUNO EN PIE DE LOS CUALES DERIVE LA CARNE PARA EXPORTACION A LA REPUBLICA POPULAR CHINA, PARA ACCEDER A LA CERTIFICACION SANITARIA POR PARTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), DE ACUERDO A LAS EXIGENCIAS DEL REFERIDO PAIS.
Observaciones:
LA PRESENTE NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 401/2010 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL.