INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
EMPLEADOR - DOMICILIO LEGAL -
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
20-Dic-1999
Resumen:
ESTABLECESE COMO OBLIGATORIA LA DENUNCIA DEL DOMICILIO LEGAL DE TODO EMPLEADOR DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION QUE SE ENCUENTRE INSCRIPTO O QUE SE INSCRIBA ANTE EL IERIC.-
Observaciones:
ABROGADA POR EL PUNTO 9 DE LA RESOLUCION 25/2015 DEL INSTITUTO DE ESTADISTICA Y REGISTRO DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION, B.O. 21/12/2015, PAGINA 22.