Presidencia de la Nación

Resolución 37871 / 2013

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION


SEGUROS

CONTRATOS AUTOMATICOS DE REASEGURO

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 30-Oct-2013
Resumen:

INFORMACION DE CONTRATOS AUTOMATICOS: LAS ENTIDADES AUTORIZADAS A OPERAR EN SEGUROS DIRECTOS DEBEN DECLARAR, EN EL SISTEMA SISUPRE, LA INFORMACION CORRESPONDIENTE A LOS CONTRATOS DE REASEGURO AUTOMATICO SEGUN EL CRONOGRAMA ESTIPULADO EN EL ARTICULO 2° Y EL PROCEDIMIENTO PREVISTO EN EL ANEXO I DE LA PRESENTE. SUSTITUIR EL PUNTO 39.12.4.1.4.C. DEL REGLAMENTO GENERAL DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA. DEROGAR LA RESOLUCION SSN N° 36.908; COMUNICACION SSN N° 3287; COMUNICACIÓN SN N° 3469, COMUNICACION SSN N° 3647.

Observaciones:

ESTA NORMA NO SE RELACIONA CON SUS ANTECEDENTES - COMUNICACIONES 3287, 3469 Y 3647 DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIAN PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL. ABROGADA POR EL ARTICULO 12 DE LA RESOLUCION 839/2018 DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, B.O. 27/08/2018, PAGINA 21.

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