Presidencia de la Nación

Resolución 363 / 2015

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENT


MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

PAPA ANDINA - PROCESAMIENTO Y EMPAQUE

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 11-Ago-2015
Resumen:

EL PROCESAMIENTO Y EMPAQUE DE PAPA ANDINA (SOLARUM TUBEROSUM VAR. ANDIGENUM), LA PAPA LISA U OLLUCO (ULLUCUS TUBEROSUS) Y LA OCA (OXALIS TUBEROSA) DEBE REALIZARSE EN ORIGEN. . SE ABROGA LA RESOLUCION N° 180 DEL 2 DE MAYO DE 2003 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA Y LA DISPOSICION N° 2 DEL 18 DE FEBRERO DE 2005 DE LA DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL DEL CITADO SERVICIO.

Observaciones:

ESTA NORMA NO SE RELACIONA CON SU ANTECEDENTE - RESOLUCION 401/2010 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - PORQUE, SEGUN NUESTROS REGISTROS, NO SE HABRIA PUBLICADO EN BOLETIN OFICIAL. ABROGADA POR EL ARTICULO 12 DE LA RESOLUCION 458/2022 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, B.O. 22/08/2022, PAGINA 38. VIGENCIA: VER ARTICULO 14 DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.

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