MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES
SUSPENSION DE ACTIVIDADES Y CIERRE TEMPORARIO - AUTORIZASE
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
11-Mayo-2020
Resumen:
AUTORIZASE LA SUSPENSION DE ACTIVIDADES Y EL CIERRE TEMPORARIO HASTA EL DIA 31 DE DICIEMBRE DE 2020, DE LAS AGENCIAS DE VIAJE QUE PRESENTEN INCONVENIENTES PARA DAR CUMPLIMIENTO A LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN LOS INCISOS A), C) Y D) DEL ARTICULO 9° DEL DECRETO N° 2.182 DE FECHA 19 DE ABRIL DE 1972.