MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES
ATENCION AL PUBLICO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
14-Mar-2020
Resumen:
FACULTASE A LOS AGENTES DE VIAJE A ATENDER AL PUBLICO EXCLUSIVAMENTE POR CANALES ELECTRONICOS A FIN DE EVITAR EL CONTACTO FISICO Y LA PROPAGACION DEL COVID-19, POR EL TERMINO DE TREINTA (30) DIAS.