SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
CUADROS TARIFARIOS - APRUEBANSE
Resumen:
ESTABLECENSE, A PARTIR DEL 1° DE DICIEMBRE DE 2015, LOS PRECIOS PARA LOS SERVICIOS QUE PRESTA LA DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL DE ACUERDO CON EL CUADRO TARIFARIO QUE SE CONSIGNA EN EL ANEXO I QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE RESOLUCION. MODIFICASE EL ARTICULO 2° DEL “REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION DE DOMINIOS DE INTERNET EN ARGENTINA”, APROBADO COMO ANEXO I POR LA RESOLUCION SLYT N° 20 DE FECHA 27 DE FEBRERO DE 2014
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 3° DE LA RESOLUCION 1/2022 DE LA SECRETARIA LEGAL Y TECNICA, B.O. 05/01/2022, PAGINA 12. VIGENCIA: VER ARTICULO 4° DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.