Ley 26588
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Resolución 102 / 2011
MINISTERIO DE SALUD |
Fecha publicación 10-Feb-2011 |
Descripción
ENFERMEDAD CELIACA - PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIOAPRUEBASE E INCORPORASE AL PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO LA PESQUISA A TRAVES DEL MARCADOR SERICO IGA PARA LA DETECCION DE LA ENFERMEDAD CELIACA.
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Normativa / Número
Decreto Reglamentario 528 / 2011
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 05-Mayo-2011 |
Descripción
LEY Nº 26588 - REGLAMENTACIONAPRUEBASE LA REGLAMENTACION DE LA LEY Nº 26.588 QUE DECLARA DE INTERES NACIONAL LA ATENCION MEDICA, LA INVESTIGACION CLINICA Y EPIDEMIOLOGICA, LA CAPACITACION PROFESIONAL EN LA DETECCION TEMPRANA, DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO DE LA ENFERMEDAD CELIACA.
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Normativa / Número
Resolución 561 / 2011
MINISTERIO DE SALUD |
Fecha publicación 12-Mayo-2011 |
Descripción
ENFERMEDAD CELIACA - GUIA DE PRACTICA CLINICAAPRUEBASE LA GUIA DE PRACTICA CLINICA SOBRE DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO DE LA ENFERMEDAD CELIACA EN EL PRIMER NIVEL DE ATENCION, EL DIPTICO PARA EL EQUIPO DE SALUD Y EL DIPTICO PARA PACIENTES.
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Normativa / Número
Resolución 407 / 2012
MINISTERIO DE SALUD |
Fecha publicación 10-Abr-2012 |
Descripción
CELIAQUIA - MONTO MENSUALDETERMINAR QUE LAS ENTIDADES ALCANZADAS POR EL ARTICULO 9º DE LA LEY Nº 26.588 DEBERAN BRINDAR A CADA PERSONA CON CELIAQUIA, COBERTURA EN CONCEPTO DE HARINAS Y PREMEZCLAS LIBRES DE GLUTEN POR UN MONTO DE MENSUAL DE PESOS DOSCIENTOS QUINCE ($ 215.-), CONFORME LO DISPUESTO POR EL DECRETO Nº 528/11. DICHO IMPORTE DEBERA ACTUALIZARSE PERIODICAMENTE.
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Normativa / Número
Resolución 2109 / 2012
MINISTERIO DE SALUD |
Fecha publicación 21-Dic-2012 |
Descripción
PERSONAS CON CELIAQUIA - MONTO MENSUALDETERMINASE QUE LAS ENTIDADES ALCANZADAS POR EL ARTICULO 9º DE LA LEY Nº 26.588 DEBERAN BRINDAR A CADA PERSONA CON CELIAQUIA, COBERTURA EN CONCEPTO DE HARINAS Y PREMEZCLAS LIBRES DE GLUTEN POR UN MONTO MENSUAL DE PESOS DOSCIENTOS CUARENTA ($ 240.-), CONFORME LO DISPUESTO POR EL DECRETO Nº 528/11. DICHO IMPORTE DEBERA ACTUALIZARSE PERIODICAMENTE.
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Normativa / Número
Resolución 2176 / 2013
MINISTERIO DE SALUD |
Fecha publicación 16-Ene-2014 |
Descripción
GUIA DE BUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA -ESTABLECIMIENTOS ELABORADORES DE ALIMENTOS LIBRES DE GLUTENAPRUEBASE LA “GUIA DE BUENAS PRACTICAS DE MANUFACTURA - ESTABLECIMIENTOS ELABORADORES DE ALIMENTOS LIBRES DE GLUTEN”, QUE COMO ANEXO I FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE RESOLUCION.
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Normativa / Número
Resolución 504 / 2014
MINISTERIO DE SALUD |
Fecha publicación 29-Abr-2014 |
Descripción
ENTIDADES LEY 26.588 - MONTO MENSUAL PERSONAS CON CELIAQUIADETERMINASE QUE LAS ENTIDADES ALCANZADAS POR EL ARTICULO 9° DE LA LEY Nº 26.588 DEBERAN BRINDAR A CADA PERSONA CON CELIAQUIA, COBERTURA EN CONCEPTO DE HARINAS Y PREMEZCLAS LIBRES DE GLUTEN POR UN MONTO MENSUAL DE PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 275.-), CONFORME LO DISPUESTO POR EL DECRETO Nº 528/11. DICHO IMPORTE DEBERA ACTUALIZARSE PERIODICAMENTE.
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Normativa / Número
Decreto Reglamentario 754 / 2015
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 12-Mayo-2015 |
Descripción
DECRETO 528/11 - MODIFICACIONSUSTITUYESE EL ARTICULO 9° DEL DECRETO N° 528/11, REGLAMENTARIO DE LA LEY N° 26.588.
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Normativa / Número
Resolución 1365 / 2015
MINISTERIO DE SALUD |
Fecha publicación 03-Sep-2015 |
Descripción
PERSONAS CON CELIAQUIA - MONTO MENSUALDETERMINASE QUE LAS ENTIDADES ALCANZADAS POR EL ARTICULO 9° DE LA LEY N° 26.588 DEBERAN BRINDAR A CADA PERSONA CON CELIAQUIA, COBERTURA EN CONCEPTO DE HARINAS Y PREMEZCLAS LIBRES DE GLUTEN POR UN MONTO MENSUAL DE PESOS TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 83/100 ($ 326,83), CONFORME A LO DISPUESTO POR EL DECRETO N° 528/11 Y SU MODIFICATORIO. DICHO IMPORTE DEBERA ACTUALIZARSE PERIODICAMENTE.
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Normativa / Número
Ley 27196
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 18-Nov-2015 |
Descripción
LEY N° 26588 - MODIFICACIONENFERMEDAD CELIACA. LEY 26.588. MODIFICACION
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Normativa / Número
Disposición 10410 / 2015
ADM.NAC.DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TEC. MEDICA |
Fecha publicación 10-Dic-2015 |
Descripción
DIRECTRICES PARA LA REALIZACION DE AUDITORIAS - ADOPTANSEADOPTANSE LAS “DIRECTRICES PARA LA REALIZACION DE AUDITORIAS A ESTABLECIMIENTOS ELABORADORES DE ALIMENTOS LIBRES DE GLUTEN” QUE COMO ANEXO I FORMAN PARTE DE LA PRESENTE DISPOSICION Y LA “LISTA DE VERIFICACION PARA LA REALIZACION DE AUDITORIAS A ESTABLECIMIENTOS ELABORADORES DE ALIMENTOS LIBRES DE GLUTEN” QUE COMO ANEXO II FORMA PARTE DE LA PRESENTE DISPOSICION.
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Normativa / Número
Disposición 10408 / 2015
ADM.NAC.DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TEC. MEDICA |
Fecha publicación 10-Dic-2015 |
Descripción
DIRECTRICES PARA LA AUTORIZACION SANITARIA DE ALIMENTOS LIBRES DE GLUTEN - ADOPTANSEADOPTANSE A LOS FINES DE LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO NACIONAL DE PRODUCTO ALIMENTICIO (RNPA) DE ALIMENTOS LIBRES DE GLUTEN LAS “DIRECTRICES PARA LA AUTORIZACION SANITARIA DE ALIMENTOS LIBRES DE GLUTEN” QUE COMO ANEXO FORMAN PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE DISPOSICION.
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Normativa / Número
Resolución E 1408 / 2017
MINISTERIO DE SALUD |
Fecha publicación 12-Sep-2017 |
Descripción
CONSTANCIA MEDICA DE ENFERMEDAD CELIACAAUTORIZASE A ACREDITAR LA CONDICION DE PACIENTE CELIACO MEDIANTE LA “CONSTANCIA MEDICA DE ENFERMEDAD CELIACA”, QUE COMO ANEXO (IF-2017-02675028-APN-DD#MS) INTEGRA LA PRESENTE, LA QUE SERA EXPEDIDA POR EL PROFESIONAL MEDICO, CONFORME LOS ESTUDIOS PERTINENTES EFECTUADOS AL PACIENTE AL MOMENTO DEL DIAGNOSTICO.
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Normativa / Número
Resolución E 1720 / 2017
MINISTERIO DE SALUD |
Fecha publicación 10-Oct-2017 |
Descripción
CELIAQUIA - COBERTURA EN CONCEPTO DE HARINAS Y PREMEZCLAS LIBRES DE GLUTENDETERMINASE QUE LAS ENTIDADES ALCANZADAS POR EL ARTICULO 9° DE LA LEY Nº 26.588, MODIFICADO EL ARTICULO 2° DE LA LEY 27.196, DEBERAN BRINDAR A CADA PERSONA CON CELIAQUIA, COBERTURA EN CONCEPTO DE HARINAS Y PREMEZCLAS LIBRES DE GLUTEN, SUS DERIVADOS Y/O PRODUCTOS ELABORADOS CON LAS MISMAS POR UN MONTO MENSUAL DE PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS CON VEINTISEIS CENTAVOS ($ 479,26), CONFORME A LO DISPUESTO POR EL DECRETO Nº 528/11 Y SU MODIFICATORIO. DICHO IMPORTE DEBERA ACTUALIZARSE PERIODICAMENTE.
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Normativa / Número
Resolución 27 / 2018
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (I.N.V.) |
Fecha publicación 22-Feb-2018 |
Descripción
LEYENDAS LIBRE DE GLUTEN Y SIN T.A.C.C.LOS ESTABLECIMIENTOS VITIVINICOLAS QUE DESEEN COLOCAR LAS LEYENDAS “LIBRE DE GLUTEN” Y “SIN T.A.C.C.” Y EL SIMBOLO OBLIGATORIO PARA IDENTIFICAR QUE EL PRODUCTO ES LIBRE DE GLUTEN, DEBERAN CUMPLIR LOS RECAUDOS QUE SE ESTABLECEN MEDIANTE LA PRESENTE RESOLUCION.
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Normativa / Número
Resolución 757 / 2019
SECRETARIA DE GOBIERNO DE SALUD |
Fecha publicación 06-Mayo-2019 |
Descripción
CELIAQUIADEROGUESE LA RESOLUCION MINISTERIAL 1720-E/2017 DE FECHA 5 DE OCTUBRE DE 2017- “DETERMINASE QUE LAS ENTIDADES ALCANZADAS POR EL ARTICULO 9° DE LA LEY Nº 26.588 DEBERAN BRINDAR A CADA PERSONA CON CELIAQUIA, COBERTURA EN CONCEPTO DE HARINAS, PREMEZCLAS U OTROS ALIMENTOS INDUSTRIALIZADOS QUE REQUIEREN SER CERTIFICADOS EN SU CONDICION DE LIBRES DE GLUTEN, POR UN MONTO MENSUAL DE PESOS NOVECIENTOS CON NUEVE CENTAVOS ($ 900,09), CONFORME A LO DISPUESTO POR EL DECRETO Nº 528/11 Y SU MODIFICATORIO. DICHO IMPORTE DEBERA ACTUALIZARSE PERIODICAMENTE.
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Normativa / Número
Resolución 695 / 2021
MINISTERIO DE SALUD |
Fecha publicación 26-Feb-2021 |
Descripción
ACTUALIZACION VALOR MENSUAL - DETERMINASEDETERMINASE LA ACTUALIZACION DEL VALOR MENSUAL QUE LAS ENTIDADES ALCANZADAS POR EL ARTICULO 9° DE LA LEY Nº 26.588 DEBERAN BRINDAR A CADA PERSONA CON CELIAQUIA, COBERTURA EN CONCEPTO DE HARINAS, PREMEZCLAS U OTROS ALIMENTOS INDUSTRIALIZADOS QUE REQUIEREN SER CERTIFICADOS EN SU CONDICION DE LIBRES DE GLUTEN, DE ACUERDO AL PORCENTAJE DE VALORIZACION DE UNA CANASTA BASICA ALIMENTARIA (CBA) PARA CELIACOS (CBA-SIN TACC) DISPUESTO EN LA RESOLUCION MINISTERIAL N° 757/19 DE FECHA 3 DE MAYO DE 2019 Y SU RECTIFICATORIA, RESOLUCION MINISTERIAL N° 775/19 DE FECHA 7 DE MAYO DE 2019.
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Normativa / Número
Resolución 144 / 2022
MINISTERIO DE SALUD |
Fecha publicación 20-Ene-2022 |
Descripción
ENFERMEDAD CELIACA - COBERTURADEROGUESE LA RESOLUCION MINISTERIAL N° 695/2021 DE FECHA 24 DE FEBRERO DE 2021. DETERMINASE QUE LAS ENTIDADES ALCANZADAS POR EL ARTICULO 9° DE LA LEY Nº 26.588 DEBERAN BRINDAR A CADA PERSONA CON CELIAQUIA, COBERTURA EN CONCEPTO DE HARINAS, PREMEZCLAS U OTROS ALIMENTOS INDUSTRIALIZADOS QUE REQUIEREN SER CERTIFICADOS EN SU CONDICION DE LIBRES DE GLUTEN, POR UN MONTO MENSUAL DE PESOS DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS ($2.672), CONFORME A LO DISPUESTO POR EL DECRETO Nº 528/2011 Y SU MODIFICATORIO.
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Normativa / Número
Decreto Reglamentario 218 / 2023
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 26-Abr-2023 |
Descripción
LEY 26588 - SU REGLAMENTACIONAPRUEBASE LA REGLAMENTACION DE LA LEY Nº 26.588 Y SU MODIFICATORIA N° 27.196 QUE “DECLARA DE INTERES NACIONAL LA ATENCION MEDICA, LA INVESTIGACION CLINICA Y EPIDEMIOLOGICA, LA CAPACITACION PROFESIONAL EN LA DETECCION TEMPRANA, DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO DE LA ENFERMEDAD CELIACA, SU DIFUSION Y EL ACCESO A LOS ALIMENTOS Y MEDICAMENTOS LIBRES DE GLUTEN”.
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