Ley 24827
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Ley 24953
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 11-Mayo-1998 |
Descripción
ROTULOS EN DETERMINADOS PRODUCTOS ALIMENTICIOSSUSTITUYESE EL PARRAFO SEGUNDO DEL ART. 1º DE LA LEY Nº 24827, QUE ESTABLECICIO QUE, A TRAVES DEL MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL, SE DETERMINARIA LA LIST DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS, QUE CONTENGAN O NO GLUTEN DE TRIGO, AVENA, CEBADA O CENTENO EN SU FORMULA QUIMICA, INCLUIDO SUS ADITIVOS.-
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Normativa / Número
Resolución 31 / 2006
DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACION |
Fecha publicación 19-Abr-2006 |
Descripción
INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTOS - INAL -RECOMENDAR AL INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTOS —INAL— QUE ADOPTE LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA PROCEDER A LA INMEDIATA CONFECCION DEL REGISTRO DE LOS PRODUCTOS QUE RESULTAN APTOS PARA EL CONSUMO DE ENFERMOS CELIACOS, PREVISTO POR EL ARTICULO 3º DE LA LEY 24.827, EL QUE DEBE ACTUALIZARSE BIMENSUALMENTE Y PUBLICARSE UNA VEZ AL AÑO, TAL COMO LO PREVE EL MENCIONADO TEXTO LEGAL. ASIMISMO, DEBERA ADOPTAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA INSTAR LA PRODUCCION DE LA INFORMACION QUE DEBERIAN REMITIR LAS PROVINCIAS, RECURRIENDO —EN SU CASO— AL COFESA.
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Normativa / Número
Ley 26588
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 31-Dic-2009 |
Descripción
ENFERMEDAD CELIACADECLARASE DE INTERES NACIONAL LA ATENCION MEDICA, LA INVESTIGACION CLINICA Y EPIDEMIOLOGICA, LA CAPACITACION PROFESIONAL EN LA DETECCION TEMPRANA, DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO DE LA ENFERMEDAD CELIACA. DEROGANSE LAS LEYES 24.827 Y 24.953.
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