IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
MERCADOS NACIONALES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
22-Jun-1983
Resumen:
REDUCESE AL DOS POR CIENTO (2%) DE ALICUOTA DIFERENCIAL QUE CORRESPONDE A LA COMERCIALIZACION DE ALIMENTOS DE CONCENTRACION DECLARADOS DE INTERES NACIONAL DE ACUERDO CON LA LEY N° 19.227.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 2º DE LA LEY 23765