COMERCIO EXTERIOR
LEY Nº 20.545 - DEROGACION CON EXCEPCIONES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
25-Abr-1983
Resumen:
DEROGASE LA LEY Nº 20.545, MANTENIENDOSE LA VIGENCIA DEL 2º PARRAFO DEL ART. 4º Y LO DISPUESTO EN EL ART. 5º, INCLUYENDOSE AL SECTOR SIDERURGICO.