Presidencia de la Nación

Ley 13985

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


ESPIONAJE, SABOTAJE Y TRAICION

PENALIDADES

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 16-Oct-1950
Resumen:

PENALIDADES PARA LOS QUE ATENTAN CONTRA LA SEGURIDAD DE LA NACION.

Observaciones:

ABROGADA POR EL ARTICULO 51 DEL DECRETO LEY 788/63 (BO 2/2/63). REIMPLANTADA SU VIGENCIA PARCIALMENTE CON EXCEPCION DE LOS ARTICULOS 8-9-11 INCISOS A), B) Y C) DEL ARTICULO 12, 15 Y 17 SEGUNDA PARTE POR ARTICULO 2 DE LA LEY N° 16648 (BO 18/11/64). ABROGADA POR EL ARTICULO 5° INC.F) DE LA LEY 21338, B.O. 1/07/1976, PAGINA 2.

Scroll hacia arriba