ACTOS DEL PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DEL INTERIOR
Ley N° 12.361
Declarando Día de la Bandera, el 20 de junio
Buenos Aires, Junio 8 de 1938.
POR CUANTO:
Artículo 1º - Declárese Día de la Bandera, el 20 de junio, que será feriado en todo el territorio de la República.
Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a ocho días del mes de junio del año mil novecientos treinta y ocho.
MINISTERIO DEL INTERIOR
Ley N° 12.361
Declarando Día de la Bandera, el 20 de junio
Buenos Aires, Junio 8 de 1938.
POR CUANTO:
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de
LEY:
LEY:
Artículo 1º - Declárese Día de la Bandera, el 20 de junio, que será feriado en todo el territorio de la República.
Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a ocho días del mes de junio del año mil novecientos treinta y ocho.
RAMON S. CASTILLO JUAN G. KAISER
Gustavo Figueroa Leonidas Zavalla Carbó
Gustavo Figueroa Leonidas Zavalla Carbó