Presidencia de la Nación

Ley 12361

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


FIESTAS NACIONALES

DIA DE LA BANDERA - DECLARASE

Sanción:

Publicada en el Boletín Oficial:


Normativa

Declarando Día de la Bandera, el 20 de junio Buenos Aires, Junio 8 de 1938.

POR CUANTO:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de

LEY:

Artículo 1º - Declárese Día de la Bandera, el 20 de junio, que será feriado en todo el territorio de la República.

Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a ocho días del mes de junio del año mil novecientos treinta y ocho.

RAMON S. CASTILLO                  JUAN G. KAISER

          Gustavo Figueroa                Leonidas Zavalla Carbó
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