Presidencia de la Nación

Ley 11289

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA


MINISTERIO DE HACIENDA - CAJAS DE JUBILACIONES

CAJAS DE PREVISION SOCIAL - CREANSE

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 14-Dic-1923
Resumen:

CREANSE LAS SIGUIENTES CAJAS DE PREVISION SOCIAL: A) DE EMPLEADOS Y OBREROS DE LA MARINA MERCANTE ARGENTINA; B) DE EMPLEADOS Y OBREROS DE LOS ESTABLECIMIENTOS INDUSTRIALES; C) DE EMPLEADOS Y OBREROS DEL PERIODISMO Y DE LAS ARTES GRAFICAS; D) DE EMPLEADOS Y OBREROS DE LOS ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES.

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