ESPECIALIDADES MEDICINALES
LABORATORIOS Y DROGUERIAS QUE IMPORTEN EFEDRINA Y/O PSEUDOEFEDRINA - CONDICIONES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
20-Ago-2008
Resumen:
ESTABLECENSE CONDICIONES QUE DEBERAN CUMPLIMENTAR LOS LABORATORIOS TITULARES DE REGISTRO DE ESPECIALIDADES MEDICINALES Y LAS DROGUERIAS QUE IMPORTEN LAS SUSTANCIAS EFEDRINA Y/O PSEUDOEFEDRINA COMO PRINCIPIOS ACTIVOS.