Presidencia de la Nación

Disposición 3908 / 1998

ADM.NAC.DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TEC. MEDICA


PRODUCTOS FARMACEUTICOS

IMPORTACION - CONTROL HIGIENICO SANITARIO -

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 19-Ago-1998
Resumen:

ESTABLECESE QUE TODOS LOS LABORATORIOS QUE ELABOREN Y/O IMPORTEN DICHOS PRODUCTOS, NO OBLIGATORIAMENTE ESTERILES DEBERAN REALIZAR UN CONTROL HIGIENICO SANITARIO. FIJANSE LIMITES DE ACEPTABILIDAD PARA LA REALIZACION DEL REFERIDO CONTROL.-

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