PRODUCTOS FARMACEUTICOS
IMPORTACION - CONTROL HIGIENICO SANITARIO -
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
19-Ago-1998
Resumen:
ESTABLECESE QUE TODOS LOS LABORATORIOS QUE ELABOREN Y/O IMPORTEN DICHOS PRODUCTOS, NO OBLIGATORIAMENTE ESTERILES DEBERAN REALIZAR UN CONTROL HIGIENICO SANITARIO. FIJANSE LIMITES DE ACEPTABILIDAD PARA LA REALIZACION DEL REFERIDO CONTROL.-