Presidencia de la Nación

Disposición 163 / 2016

DIRECCION NAC.REG.NAC.PROP.AUTO. Y CRED.PRENDARIOS


MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

TRAMITE DE INSCRIPCION INICIAL, TRANSFERENCIA O CAMBIO DE RADICACION DE AUTOMOTOR

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 29-Abr-2016
Resumen:

LOS ENCARGADOS DE LOS REGISTROS SECCIONALES, AL MOMENTO DE INSCRIBIR UN TRAMITE DE INSCRIPCION INICIAL, TRANSFERENCIA O CAMBIO DE RADICACION EN QUE SE ACREDITE LA GUARDA HABITUAL DEL AUTOMOTOR EN UNA JURISDICCION DIFERENTE A LA DEL DOMICILIO DEL TITULAR REGISTRAL, DEBERAN CONSIDERAR A TODOS LOS FINES TRIBUTARIOS COMO LUGAR DE CONFIGURACION DEL HECHO IMPONIBLE DEL IMPUESTO A LA RADICACION DE AUTOMOTORES (PATENTES) —DE CONFORMIDAD CON LA LEGISLACION LOCAL VIGENTE— EL DOMICILIO DEL TITULAR REGISTRAL.

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