MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
VENTA AMBULANTE - PROHIBICION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
02-Nov-2016
Resumen:
PROHIBIR LA VENTA AMBULANTE EN LA JURISDICCION DEL PARQUE NACIONAL LAGO PUELO QUE COMERCIALICE CUALQUIER TIPO DE PRODUCTOS EN FORMA DIRECTA AL PUBLICO, ESPECIALMENTE DEL RUBRO ALIMENTACION. PROHIBIR EXPRESAMENTE EN LA JURISDICCION DEL PARQUE NACIONAL LAGO PUELO, LA VENTA O SUMINISTRO AMBULANTE A CUALQUIER TITULO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS. PROHIBIR LA INSTALACION DE CUALQUIER TIPO DE PUESTO DE VENTA, SIN LA CORRESPONDIENTE AUTORIZACION DE ESTA ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES.