Presidencia de la Nación

Disposición 787 / 2000

DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR


LEALTAD COMERCIAL

CARGADORES DE BATERIAS - REQUISITOS -

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 22-Dic-2000
Resumen:

CONDICIONES QUE DEBERAN CUMPLIR LOS CARGADORES DE BATERIAS PARA TELEFONOS CELULARES, COMPUTADORAS PORTATILES, VIDEOCAMARAS, O TODO OTRO EQUIPAMIENTO ESPECIALMENTE DISEÑADO PARA SER TRANSPORTADO POR SUS USUARIOS.

Scroll hacia arriba