Presidencia de la Nación

Decreto 754 / 2021

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Ley 22415

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 23-Mar-1981 Descripción
SU APROBACION

APRUEBASE EL CODIGO ADUANERO DE LA NACION.

Normativa / Número Decreto 230 / 2020

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 05-Mar-2020 Descripción
FIJASE ALICUOTA DEL DERECHO DE EXPORTACION

FIJASE LA ALICUOTA DEL DERECHO DE EXPORTACION (D.E.) QUE EN CADA CASO SE INDICA, PARA LAS MERCADERIAS COMPRENDIDAS EN LAS POSICIONES ARANCELARIAS DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR (N.C.M.) QUE SE CONSIGNAN EN LA PLANILLA QUE, COMO ANEXO I (IF-2020-14355915-APN-SSMA#MAGYP), FORMA PARTE INTEGRANTE DEL PRESENTE DECRETO.

Normativa / Número Decreto 1060 / 2020

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 31-Dic-2020 Descripción
DERECHO DE EXPORTACION

FIJASE LA ALICUOTA DEL DERECHO DE EXPORTACION (D.E.) QUE EN CADA CASO SE INDICA, PARA LAS MERCADERIAS} COMPRENDIDAS EN LAS POSICIONES ARANCELARIAS DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR (N.C.M.).

Normativa / Número Decreto 302 / 2021

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 08-Mayo-2021 Descripción
DISPOSICIONES

DESGRAVASE DEL DERECHO DE EXPORTACION A LAS EXPORTACIONES QUE REALICEN LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MIPYMES), DEFINIDAS EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 2° DE LA LEY N° 24.467 Y SUS MODIFICATORIAS, RESPECTO DE LAS MERCADERIAS COMPRENDIDAS EN LAS POSICIONES ARANCELARIAS DE LA NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR (NCM) DETALLADAS EN EL ANEXO (IF-2021-33613384-APN-SPT#MEC) QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DEL PRESENTE DECRETO. EL MONTO ANUAL SUJETO A DESGRAVACION, EN TERMINOS DE SU VALOR FOB, NO PODRA SUPERAR EL VALOR DE DOLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS MIL (USD 500.000), INCLUSIVE. CUANDO SE SUPERE EL MENCIONADO MONTO Y HASTA LA SUMA DE DOLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLON (USD 1.000.000), INCLUSIVE, DE VALOR FOB SE ABONARA UNA ALICUOTA DE DERECHO DE EXPORTACION EQUIVALENTE AL CINCUENTA POR CIENTO (50 %) DE LA QUE CORRESPONDA, SEGUN SU POSICION ARANCELARIA. ESTA MEDIDA NO ALCANZA A LAS OPERACIONES REALIZADAS POR CUENTA Y ORDEN DE TERCEROS.

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