Presidencia de la Nación

Decreto Reglamentario 602 / 1970

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


ORGANISMOS NACIONALES

LEY N° 18.586 - REGLAMENTACION

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 26-Feb-1970
Resumen:

LOS ORGANISMOS Y FUNCIONES NACIONALES, OBJETO DE LAS TRANSFERENCIAS A QUE SE REFIEREN LA LEY N° 18.586, DEBERAN ESTAR HABILITADOS Y EN FUNCIONAMIENTO O EN CONDICIONES DE SER HABILITADOS.

Scroll hacia arriba