MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS
HORA OFICIAL PARA EL PERIODO ESTIVAL 2008/2009 - FIJASE
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
16-Oct-2008
Resumen:
FIJASE EL PERIODO ESTIVAL CORRESPONDIENTE AL AÑO 2008/2009 DESDE LA CERO (0) HORA DEL TERCER DOMINGO DEL MES DE OCTUBRE DE 2008, Y HASTA LA CERO (0) HORA DEL TERCER DOMINGO DEL MES DE MARZO DE 2009, EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, CON LA HORA OFICIAL ESTABLECIDA PARA EL CITADO PERIODO EN EL ARTICULO 2º DE LA LEY Nº 26.350.