Presidencia de la Nación

Decisión 54 / 2007

CONSEJO DEL MERCADO COMUN

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Resolución 66 / 2008

GRUPO DEL MERCADO COMUN

Fecha publicación 29-Jun-2009 Descripción
IMPLEMENTACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LA SM

IMPLEMENTACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LA SM.

Normativa / Número Resolución 68 / 2008

GRUPO DEL MERCADO COMUN

Fecha publicación 29-Jun-2009 Descripción
NORMAS GENERALES RELATIVAS A LOS FUNCIONARIOS DE LA SM, UTF/SM Y ST

NORMAS GENERALES RELATIVAS A LOS FUNCIONARIOS DE LA SM, UTF/SM Y ST.

Normativa / Número Decisión 56 / 2008

CONSEJO DEL MERCADO COMUN

Fecha publicación 18-Sep-2009 Descripción
REESTRUCTURACION DE LA SECRETARIA DEL MERCOSUR

INICIAR EL EXAMEN DEL PROCESO DE REESTRUCTURACION DE LA SECRETARIA DEL MERCOSUR (SM), LA CUAL PODRA CONTEMPLAR LA INCORPORACION DE FUNCIONES ACTUALMENTE ASIGNADAS A LA COMISION DE REPRESENTANTES PERMANENTES DEL MERCOSUR (CRPM).

Normativa / Número Resolución 36 / 2009

GRUPO DEL MERCADO COMUN

Fecha publicación 05-Ago-2010 Descripción
SISTEMA PARA EL CALCULO DE LOS GASTOS DE MUDANZAS

SISTEMA PARA EL CALCULO DE LOS GASTOS DE MUDANZAS. ADOPTAR, PARA EL CALCULO DE LOS GASTOS DE LA MUDANZA DE LOS BIENES MUEBLES DE LOS FUNCIONARIOS DE LA SECRETARIA DEL MERCOSUR (SM), DE LA UNIDAD TECNICA FOCEM (UTF/SM) Y DE LA SECRETARIA DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISION (ST), CUANDO FINALICEN SUS FUNCIONES O CUANDO POR DIVERSOS MOTIVOS SE PONGA TERMINO A LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES CON LA MISMA Y SE MUDEN DEL PAIS SEDE.

Normativa / Número Resolución 12 / 2012

GRUPO DEL MERCADO COMUN

Fecha publicación 10-Sep-2013 Descripción
CORRECCION DE NORMAS Y DOCUMENTOS

LA CORRECCION DE ERRORES EN NORMAS Y DOCUMENTOS DEL MERCOSUR SERA EFECTUADA POR EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN LA PRESENTE RESOLUCION.

Normativa / Número Resolución 17 / 2012

GRUPO DEL MERCADO COMUN

Fecha publicación 10-Sep-2013 Descripción
MECANISMO DE REAJUSTE SALARIAL APLICABLE A LOS FUNCIONARIOS DE LOS ORGANOS DEL MERCOSUR

APROBAR EL “MECANISMO DE REAJUSTE SALARIAL” QUE CONSTA COMO ANEXO I Y FORMA PARTE DE LA PRESENTE RESOLUCION. DICHO MECANISMO SERA APLICADO POR PRIMERA VEZ A PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 2014 PARA EL CALCULO DE LOS SALARIOS QUE CONSTAN EN LOS ANEXOS II, III Y IV DE LA PRESENTE RESOLUCION.

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