Envío de productos
Procedimientos para envío de productos
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) es el organismo de la República Argentina encargado de controlar el tráfico federal de productos agroalimentarios, productos, subproductos y derivados de origen animal y vegetal, alimentos para consumo humano, aditivos y conexos, productos farmacológicos veterinarios, alimentos para animales, agroquímicos, fertilizantes, enmiendas, semen y embriones de origen animal, cuando los mismos viajen como carga o independientemente del propietario, por intermedio de empresas de transporte aéreo y deban ser trasladados hacia el interior del país.
Requisitos para el despacho de la mercadería a enviar
- Carnes frescas bovinas, ovinas, caprinas y porcinas: permiso de tránsito (Original y fotocopia) emitido por el establecimiento oficial (Senasa), en el caso de viajar con destino a la Patagonia se deberá presentar un Permiso de Transito Restringido (Original y fotocopia).
- Carnes aviares: permiso de tránsito (Original y fotocopia) emitido por el establecimiento oficial (Senasa).
- Lácteos: factura, remito o recibo de la mercadería a despachar (Original y fotocopia)
- Semen y embriones: constancia de establecimiento habilitado por Senasa y factura, remito o recibo de la mercadería a despachar (original y fotocopia).
- Huevos Frescos: permiso de tránsito (original y fotocopia) emitido por el establecimiento oficial (Senasa). En el caso de viajar con destino Patagonia se deberá presentar un permiso de transito restringido (original y fotocopia).
- Pescados y Mariscos: permiso de transito (Original y fotocopia) emitido por el establecimiento oficial (Senasa)
- Flores: Factura, remito o recibo de la mercadería a despachar (Original y fotocopia).
- Frutas / verduras: factura, remito o recibo de la mercadería a despachar (Original y fotocopia).
Frutas / verduras con destino Patagonia:
- No portadores de la mosca de los frutos y/o carpocapsa: factura, remito o recibo de la mercadería (original y fotocopia) y declaración jurada.
- Portadores de la mosca de los frutos y/o carpocapsa:, remito o recibo de la mercadería (original y fotocopia), declaración jurada, Autorización para el despacho gestionada ante el Senasa. Es importante acalarar que toda la carga comercial debe estar cubierta por la malla antiáfida. Al momento de hacer el despacho el personal de la delegación aeroparque realizará un acta en donde constará la mercadería a despachar, la cual será enviada vía fax a las oficinas de Senasa en Ushuaia.
- Exportaciones: permiso de exportación confeccionado por el Senasa (según corresponda el área) y factura, remito o recibo de la mercadería (original y fotocopia) Al momento de hacer el despacho el personal de la delegación aeroparque realizará un permiso de embarque.
- Importaciones: Permiso de importación confeccionado por el Senasa (según corresponda el área), certificado del servicio sanitario oficial del país de origen, permiso de importación de Ezeiza (en caso de ser esta la vía de ingreso al país) y factura, remito o recibo de la mercadería a despachar (original y fotocopia). Al momento de hacer el despacho el personal de la delegación Aeroparque realizará un permiso de desembarque.
Procedimientos para el traslado
Pasos a seguir para solicitar la intervención del Senasa en el traslado de la mercadería comercial:
1. Comunicarse con la empresa aérea que realizará el traslado para obtener una reserva en la bodega, la misma le indicará día y horario a presentarse para poder realizar el despacho.
2. Una vez realizada la reserva, comunicarse con la delegación de Senasa en aeroparque “Jorge Newbery”, al teléfono 4845-0017 de lunes a viernes de 09.00 a 17.00 horas, desde un teléfono/fax, para solicitar los formularios necesarios, que posteriormente deberán ser completados y reenviados para su confirmación, para poder trasladar la mercadería.
3. Una vez acordado con el personal de Senasa, día y hora, presentarse con la documentación, en la oficina del Organismo en aeroparque.
Consideraciones comunes de interés
La Resolución 283 del 14 de abril de 2009 modifica el listado de productos de origen animal con ingreso permitido a la región patagónica que no revisten riesgo de vehiculización del virus de la fiebre aftosa.
La resolución detalla los productos, subproductos y derivados de origen animal autorizados a ingresar a las regiones patagónicas Norte A, B y Sur, para consumo personal o familiar y en pequeñas cantidades, a través de la entrada de personas, sus equipajes y medios de transporte.
Es importante destacar que los productos deberán estar identificados, envasados al vacío y rotulados por la autoridad competente.
Haga clic en la Resolución 283/09 para ver el texto completo y sus anexos con el detalle de los productos, subproductos y derivados de origen animal autorizados para su ingreso a la región patagónica.
Solicitud de personal del Senasa, fuera del horario oficial, para el despacho de cargas