Auditorias detalladas sobre ejercicios contables anuales
La Resolución UIF 42/2024, que desde el pasado 18 de marzo estableció nuevas regulaciones para actividades específicas de los contadores públicos, se aplicará, en el caso de las auditorías detalladas en el inciso II del artículo 2, a estados contables de ejercicios anuales iniciados a partir del 1º de enero del 2024.
Con el objetivo de potenciar la eficacia del sistema preventivo mediante la implementación de un enfoque basado en riesgo, la normativa introdujo cambios en el marco regulatorio que rige a los contadores públicos matriculados cuyas actividades estén reguladas por los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas.
Sin embargo, en virtud de la dinámica propia de la actividad, cabe aclarar que, en el caso de las auditorías externas de estados contables con fines generales de las entidades enunciadas en el artículo 20 de Ley 25.246 y modificatorias y /o las que no estando enunciadas en dicho artículo posean ingresos por actividades ordinarias iguales o superiores a 4000 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles, valuados a la fecha de cierre del ejercicio económico, la Resolución UIF 42/2024 aplica a estados contables correspondientes a ejercicios anuales iniciados a partir del 1º de enero del 2024.
Por otro lado, es importante destacar que los aspectos referidos a la efectiva implementación de la norma fueron producto del intercambio y el consenso arribado con la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) y autoridades de los Consejos Profesionales que representan a las 24 jurisdicciones provinciales.