Informe de datos técnicos de aeronave
Trámite de respuesta al Registro Nacional de Aeronaves por ART. 34 del Decreto N° 639/2024: Informe de datos técnicos de aeronave.
El propietario de la aeronave interesado en la aplicación del presente proceso deberá seleccionar y designar a un Taller Aeronáutico de Reparación (TAR), el cual será el responsable y único autorizado para llevar a cabo el proceso en cuestión a través de su Representante Técnico (RT). Dicha designación deberá ser realizada mediante nota formal dirigida al Director de Aeronavegabilidad (DA) y firmada por el propietario de la aeronave (o su representante legal), utilizando el formato del ANEXO I. Esta nota deberá ser presentada por el RT junto con el resto de la documentación detallada a continuación.
● En los casos de que la aeronave sea de fabricación nacional, el propietario podrá seleccionar y designar a dicho fabricante como responsable de llevar a cabo el proceso en cuestión, a través de su RT.
● En los casos de aeronaves experimentales, el propietario podrá aplicar este proceso sin la delegación en un TAR, siendo él quien presente toda la documentación requerida.
Una vez designado un TAR, su RT deberá presentar mediante la plataforma digital de Trámites a Distancia (TAD) usando el trámite “Presentación Ciudadana ante el Poder Ejecutivo”:
● Nota de designación de TAR por parte del propietario.
● Formulario de Informe de Datos Técnicos de aeronave e información complementaria, completo y firmado según sea aplicable: ANEXO II (para Aviones, Planeadores, Motoplaneadores y Autogiros), ANEXO III (para Helicópteros) o el ANEXO IV (para GLT).
● Fotografías nítidas y a color que identifiquen e individualicen a la aeronave, según se detalla a continuación:
○ Placa original de la aeronave en célula, donde pueda apreciarse mínimamente los siguientes datos: marca, modelo, y número de serie. En lo posible, procurar que en la/s fotografía/s también se incluya la siguiente información: fabricante; año, lugar y país de fabricación; peso máximo de despegue (para el caso de globos libres tripulados, estas fotografías serán reemplazadas por las correspondientes a la envoltura y barquilla por separado).
○ Frente, perfil derecho, perfil izquierdo, y parte posterior de la aeronave.
○ Placa original de motor/es cuando aplique donde pueda apreciarse mínimamente los siguientes datos: marca, modelo, y número de serie (para el caso de globos libres tripulados, estas fotografías serán reemplazadas por las correspondientes a quemadores).
○ Placa original (o números grabados según corresponda) de hélice/s (cubo) cuando aplique donde pueda apreciarse mínimamente los siguientes datos: marca, modelo, y número de serie (para el caso de helicópteros, estas fotografías serán reemplazadas por las correspondientes a rotor principal y rotor de cola, cuando aplique).
● Copia del Certificado de Aeronavegabilidad (CAE) de Exportación emitido por la Autoridad Aeronáutica Civil Extranjera (AACE).
● Copia de las siguientes hojas del historial:
○ Primer hoja del último historial de los productos Clase 1 de la aeronave donde consten los datos solicitados.
○ Hoja del último registro de mantenimiento asentado en el historial.
○ Hoja donde conste la emisión del CAE por la AACE.
ACLARACIÓN 1: En el caso de que los registros de mantenimiento de la aeronave no se encuentren en un formato de “historial” o libreta, se solicita se envíe copia de los documentos donde figure la información solicitada.
ACLARACIÓN 2: En caso de no poseer alguna de la documentación solicitada (ej: CAE o historiales), este procedimiento no podrá ser utilizado, debiendo ser constatada los datos técnicos de la aeronave por un Inspector de Aeronavegabilidad según las prácticas estándares para lo mismo (inspección física de la aeronave).
Una vez toda la documentación sea recepcionada por la DA, será retransmitida al Departamento correspondiente, el cual será el encargado de continuar con el proceso, notificando de lo requerido por el 34 del Decreto N° 639/2024 al Registro Nacional de Aeronaves, completando la información brindada por el solicitante con aquella que pudiera obtener por sus propios medios, para que el RNA pueda así continuar con el proceso de Matriculación.
Se le informa que la documentación que sea presentada para este procedimiento no será tenida en cuenta para otros procesos (como por ejemplo para la Emisión del Certificado de Aeronavegabilidad), debiendo presentar nuevamente la documentación que resultare aplicable dentro del expediente afín al otro proceso.
ACLARACIÓN 3: para más información respecto al uso de la plataforma TAD, se sugiere visitar esta sección
Descargas
Anexo I - Nota MODELO (17.1 Kb)
Descargar archivoAnexo II - Formulario AVIÓN (114.6 Kb)
Descargar archivoAnexo III - Formulario HELICÓPTERO (113.1 Kb)
Descargar archivoAnexo IV - Formulario GLOBO (116.2 Kb)
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