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Taxis: Las leyes que atraviesan la ciudad en cada viaje

El medio de transporte más emblemático de las grandes urbes es también uno de los más legislados. Con un caso testigo, el de la Ciudad de Buenos Aires, las pautas legales que regulan este servicio.

Estamos apurados. Tenemos que llegar a tiempo. Salimos a la calle, paramos un taxi. Subimos e indicamos al chofer la dirección. Las leyes atraviesan cada punto de un viaje en taxi, desde el mismo momento en que el cartel de “libre” se apaga. E, incluso, antes.

Si un usuario sale a buscar un taxi en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debería encontrarlo con mediana facilidad, ya que es una de las urbes con mayor densidad de este transporte: un taxi cada 80 porteños (en Nueva York, por ejemplo, hay uno cada 625, y en Londres, uno cada 370). Y en la ciudad se halla un taxi por cada 30 autos particulares.

Hay en circulación cerca de 40 mil licencias, que van rotando entre los autos aurinegros ya que se trata de mantener las licencias que ya están vigentes, porque hay muchas. De nuevo, debería ser sencillo.

La Ley de Tránsito 24.449 (1995), modificada por la Ley de Tránsito y Seguridad Vial 26.363 (2008) -que son las que regulan la mayoría de los aspectos referentes al tema-, fija la cantidad de autos de alquiler que deben circular: No pueden salir los 40 mil al mismo tiempo: según la norma, deben dividirse en tres turnos.

El 40 por ciento puede circular entre las 6 y 14 horas, otro 40 por ciento entre las 14 y 22, y el restante 20 por ciento se debe lanzar a circular entre las 22 y las 6. De hecho, cuando un dueño o mandatario va a registrar una licencia, además de declarar a que auto la afectará, también debe decir en qué horario circulará. La elección queda registrada en una calcomanía que se pega en el parabrisas.

Distinguir un taxi de un auto particular no conlleva demasiada dificultad. La ley también influye para que eso suceda. El clásico cartelito con la leyenda ‘Libre’ que se ubica en el parabrisas en el ángulo superior derecho está regulado por la ley 2.148, que en su artículo 12.6.2.1 menciona que Tiene que ser de 13 centímetros por 8, a lo sumo 20 milímetros más o menos. Fondo rojo, letras blancas

Que el taxi sea amarillo y de ese amarillo en particular tampoco es casual. Los taxis tienen que ser de un negro “brillante” en la parte baja y amarillos a partir de la línea inferior de la ventanilla (ley 2.148, artículo 12.3.3.1). ¿Qué amarillo? “Corresponderá al número tres de la tabla de colores del Instituto Argentino de Racionalización de Materiales (Norma IRAM Nº 1054)”.

Si bien para conducir autos en el país hay que ser mayor de 18 años (con autorización de los padres hay lugares en los que se consigue la licencia de conductor antes), en el caso de los choferes, el mínimo es de 21 años, y además deben haber obtenido la licencia clase “D1 o D2, expedida por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o de otra jurisdicción diferente a la de CABA, siendo requisito indispensable que esa jurisdicción haya adherido a las Leyes Nº 24.449 y 26.363 – Ley de Tránsito y Seguridad Vial”.

Deberes y derecho de usuario

Así como lo que pueden o no hacer los choferes está regulado, lo mismo sucede en el caso de los clientes. En el caso dela Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el portal Derecho Fácil explica los alcances de esos derechos y obligaciones con la posibilidad de chequearlo con el Código de Tránsito local.

Subimos al taxi. Solos, está bien. Con mamá, papá y una tía, hasta ahí todo correcto. Cuatro pasajeros es el límite, tres atrás y uno en el asiento del acompañante. El equipo de fútbol 5 más el chofer del taxi, ya no se puede.

Adónde se dirige el taxi, cómo y qué camino toma también obedece a una reglamentación clara, la de la ley 3622, en su apartado “Recorrido”: “El conductor deberá conducir a los pasajeros a los lugares que este le indique, incluyéndose los interiores autorizados de los edificios u otros lugares. Deberá efectuar los viajes siguiendo el trayecto que implique el recorrido menor, salvo indicación en contrario del pasajero”.

Además de que se va por donde el pasajero quiere, el chofer debe tener una guía de calles de la ciudad a disposición y, complementariamente, un GPS (no es obligatorio). La misma ley le da la posibilidad al chofer a no admitir a un pasajero si éste mostrara un comportamiento violento o de mal gusto, o estuviese sucio. ¿Quién maneja la radio durante un viaje? El chofer, pero la debe apagar si el pasajero no quiere escucharla (Ley 3622, art. 12.2.8) ¿Y el aire acondicionado? Su uso también depende del consentimiento del pasajero, pero es obligatorio que el taxi lo tenga si el modelo es superior al 2012. No puede haber taxis de más de 10 años de antigüedad en el parque automotor.

Si quiere llevar equipaje, el usuario lo puede hacer y no me deben cobrarle extra mientras la valija o bulto no excedan de los 0,90 x 0,40 x 0,30 metros. Por cada bulto adicional, se cobra. El baúl debe tener una capacidad de 430 decímetros cúbicos y, aunque no se sabe de muchos que lo hayan intentado, no se admiten taxis “descapotables”.

¿Y qué pasa con el tan mentado “apoya cabezas que tapa el reloj”? Aquí existe una especie de controversia. La ley aclara que deben estar: “(Ley 2.148, artículo 12.3.1.12) Todas las unidades deberán contar con todos sus apoya cabezas, correspondientes a la homologación de fábrica”. Ahora, también dice que el reloj “estará colocado en el interior del habitáculo, en el espacio comprendido entre el espejo retrovisor y el ángulo superior derecho, de forma tal que no impida la visualización panorámica del conductor y pueda el pasajero observar su funcionamiento y el importe acumulado sin dificultad” (Ordenanza municipal N° 41.815), lo que algunas veces se contrapone con la obligatoriedad del uso del apoya cabezas, en la práctica.

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