Presidencia de la Nación

Mosca de los frutos


La plaga Mosca de los Frutos es considerada una de las plagas de mayor importancia económica para la producción frutihortícola de la Argentina, debido a los daños que produce en la fruta y a las mermas económicas asociadas. Por este motivo, en el año 1994 se crea el Programa Nacional de Control y Erradicación de Mosca de los Frutos – PROCEM – mediante Resolución ex - IASCAV Nº 134, desarrollando sus acciones sobre las plagas Ceratitis capitata (Mosca del Mediterráneo) y Anastrepha fraterculus (Mosca Sudamericana).

Objetivo Principal del Programa

El objetivo principal del Programa consiste en la reducción del impacto socio-económico ocasionado por esta plaga en las cadenas de producción frutihortícola a través de sus dos principales efectos

Pérdidas directas:debido a la merma en la producción obtenida en el área con presencia de la plaga y la disminución de su calidad en los frutos infestados

Pérdidas indirectas: restricciones a la exportación y/o necesidad de aplicar tratamientos cuarentenarios u otras medidas, que representan incrementos significativos en los costos de comercialización.

Objetivos específicos

Para llevar a cabo los objetivos del control de la plaga, el Senasa ha desarrollado una estrategia operacional basada en la regionalización del país, con una Coordinación Nacional que articula las actividades desarrolladas por las Coordinaciones Regionales. Asimismo se trabaja en forma conjunta con Gobiernos Provinciales, INTA, Universidades Nacionales, Asociaciones de Productores, Organizaciones no gubernamentales (O.N.G.) y Organismos Internacionales.

Supresión de la plaga con la finalidad de lograr una mejora en la calidad y cantidad de producción en las áreas comprendidas por el Programa.

Reconocimiento de nuevas Áreas Libres de Mosca de los Frutos y mantenimiento de las actuales, dando cumplimiento a los lineamientos internacionales (NIMF N°26 FAO).

Lograr la apertura de nuevos mercados.

Que nuestros productos frutihortícolas compitan en mercados internacionales sin restricciones fitosanitarias (necesidad de tratamientos cuarentenarios).

Ciclo Biológico de la Plaga

Cuando el macho y la hembra adulta maduran sexualmente se produce la cópula. La hembra fecundada inserta su ovipositor en el fruto y deposita los huevos, éstos eclosionan y nacen las larvas que se alimentan de la pulpa de los frutos, pasando por tres estadios larvales. Cuando han completado la etapa larval abandonan el fruto para enterrarse en el suelo y allí empupar. En el suelo permanecen como pupa hasta completar el desarrollo del adulto. Posteriormente, emergen los adultos que iniciarán un nuevo ciclo.

Duración del ciclo biológico (en condiciones óptimas de 21°C): 2 días huevo, 5 días larva, 7 días pupa, 7 días adulto (tiempo hasta estar en condiciones de oviponer). Total 21 días.

Áreas bajo programa y principal producción frutihorticola

Patagonia: frutos de pepita (peras y manzanas) y cereza.
Mendoza: uva para vinificar, durazno, ciruela, cereza y pera.
San Juan: uva para consumo en fresco y pimiento.
NEA: naranjas, mandarinas y arándanos.
Valles Calchaquíes de Salta: uva de vinificar, pimientos y frutos de carozo en pequeña escala.

La superficie bajo programa actualmente alcanza alrededor de 1 millón de hectáreas. En el mapa que se muestra a continuación se detallan los estatus fitosanitarios alcanzados hasta la fecha en las distintas áreas bajo programa y de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Resolución SENASA Nº 515/01.

Componentes

El PROCEM basa sus actividades en el Sistema Oficial de Detección, compuesto por las actividades de trampeo y muestreo de frutos. Del resultado de éstas, dependen las actividades de control, incluyendo acciones de Control Químico, Control Cultural, Trampeo Masivo y  Técnica del Insecto Estéril (T.I.E.).

Trampeo: el Procem cuenta con más de 10.000 trampas operativas en las distintas regiones bajo Programa; organizadas según zonas y rutas asignadas a cada monitoreador y respetando las densidades definidas en normas internacionales.

Éstas son revisadas semanalmente con el objetivo de determinar la presencia o confirmar la ausencia de la plaga en su estado adulto y determinar la dinámica poblacional a través del índice MTD (Mosca por Trampa por Día). Se utilizan dos tipos de trampas: Jackson con distintos atrayentes de tipo sexual.

McPhail con atrayente líquido alimenticio.

Muestreo de Frutos: es la actividad mediante la cual se detecta la presencia de estados inmaduros de la plaga. Se toman muestras frutos que presentan síntomas de infestación (“picadura”) tanto en suelo como en árbol.

Sistema de Protección Cuarentenario

Está formado por una serie de Puestos de Control Cuarentenario (terrestres y aéreos) ubicados en los puntos de ingreso a aquellas áreas donde se implementa el programa con objetivos de erradicación. La principal función es evitar el ingreso de frutos infestados.

En los puestos terrestres (barreras fitosanitarias) se controla, inspecciona y desinsecta la totalidad de los vehículos que ingresan. Este proceso se realiza las 24 hs del día, los 365 días del año.

El ingreso de productos vegetales hospederos de Ceratitis capitata y de Anastrepha fraterculus se encuentra reglamentado por la Res. SENASA Nº 472/14, debiendo cumplir con la aplicación de tratamientos cuarentenarios (bromuro de metilo o frío) realizados en Centros de Tratamientos habilitados por el Senasa.

Nómina de hospedantes de la plaga

ACEROLA (Malpighia punicifolia L.)
ARANDANO (Vaccinium corymbosum)
BABACO (Carica pentagona)
CARAMBOLA (Averrhoa carambola)
CEREZA (Prunus avium)
CHIRIMOYA (Annona cherimola)
CIRUELO (Prunus domestica)
Cítricos: CITRUS spp. excepto limón (Citrus limón)
CIDRA
CALAMONDIN
LIMA DULCE
LIMA
MANDARINA
MINEOLA
NARANJA
NARANJA AGRIA
POMELO
DAMASCO (Prunus armeniaca)
DURAZNO (Prunus persica)
FALSO GUAYABO (Acca sellowiana)
FRAMBUESA (Rubus idaeus)
GRANADA (Punica granatum)
GUANABANA (Annona muricata)
GUAYABA (Psidium guajava)
HIGO (Ficus carica) KAKI (Diospyros kaki)
KIWI (Actinidia spp.)
KUMQUAT (Fortunella margarita)
LITCHI (Litchi chinensis)
LOCOTO (Capsicum frutescens)
LUCUMA (Lucuma abovata)
MANGO (Mangifera indica)
MANZANA (Malus domestica)
MARACUYA (Passiflora edulis)
MEMBRILLO (Cydonia oblonga)
NECTARINA (Prunus persica var. nucipersica)
NISPERO (Eriobotrya japonica)
OLIVO MADURO (Olea europea)
PALTA(Persea americana) excepto var. Hass
PAPAYA(Carica spp.)
PASIONARIA (Passiflora spp.)
PEPINO DULCE (Solanum muricatum)
PERA (Pyrus communis)
PERA ASIATICA (Pyrus piryfolia)
PIMIENTO(Capsicum annum)
PITAYA ó FRUTA DRAGON (Hylocereus spp.)
TOMATE DE ARBOL (Cyphomandra betacea)
TUNA(Opuntia ficus indica)
UCHUVA(Physalis peruviana)
UVA (Vitis vinifera)

Resumen de Normativas vigentes

Resolución ex IASCAV N° 134/94 aprueba el Programa Nacional de Control y Erradicación de Moscas de los Frutos.

Resolución SENASA Nº 194/99 declara Área Libre de la plaga Mosca de los Frutos a los Valles Andino-Patagónicos.

Resolución SENASA N° 515/01 establece categorías de áreas de acuerdo con el estado de situación de la plaga y el nivel de protección cuarentenaria implementado en cada una de ellas. Establece los distintos puestos de control cuarentenario para el ingreso a las áreas protegidas.

Resolución SENASA N° 678/02 aprueba el Manual de Procedimientos de barreras.

Disposición DNPV Nº 1/02 declara Área de escasa prevalencia de Mosca de los Frutos a la provincia de Mendoza (Actualmente este estatus está circunscripto a los Oasis Norte y Este, debido al reconocimiento de Área Libre logrado en los Oasis Centro y Sur).

Disposición DNPV Nº 6/03 declara Área Libre de la plaga Mosca de los Frutos a los Valles de Malargüe y el Sosneado (provincia de Mendoza).

Disposición DNPV Nº 15/04, declara Área Libre de Mosca del Mediterráneo al Valle de Uco, provincia de Mendoza.

Disposición DNPV Nº 4/04 declara Área Libre de Anastrepha fraterculus a la región patagónica.

Disposición DNPV Nº 5/05 declara Área Libre de Anastrepha fraterculus a toda la provincia de Mendoza.

Disposición DNPV Nº 12/06 declara Área de Escasa Prevalencia de Mosca del Mediterráneo al Valle de Calingasta, Prov. de San Juan.

Disposición DNPV Nº 17/06declara Área Libre de Mosca de los Frutos al Oasis Sur de la provincia de Mendoza.

Disposición DNPV Nº 18/06 declara Área Libre de la plaga Mosca de los Frutos a los Valles de la región patagónica (Alto Valle del Río Negro y Neuquén, Valle Medio del Río Negro, Valle Inferior del Río Negro, Valle de Río Colorado, Valle de General Conesa, Interior de la Meseta Patagónica y Valle Inferior del Río Chubut).

Disposición DNPV N° 14/07 y Disposición DNPV N° 06/08 aprueban el Sistema de Mitigación de Riesgo para productos hospederos y para uva de vinificar producidos en Áreas de Escasa Prevalencia de Ceratitis capitata y Libres de Anastrepha fraterculus, para su industrialización en Áreas Libres de Mosca de los Frutos.

Disposición DNPV N° 15/07 y Disposición DNPV N° 05/08 aprueban el Sistema de Mitigación de Riesgo para frutas originarias de Áreas de Escasa Prevalencia de Ceratitis capitata y libres de Anastrepha fraterculus, para su consumo fresco en Áreas Libres de Mosca de los Frutos.

Resolución SENASA N° 472/14, aprueba el procedimiento para la habilitación fitosanitaria y funcionamiento de los centros de tratamientos cuarentenarios de fumigación con bromuro de metilo, de los centros de tratamiento cuarentenario con frío y de los centros combinados: fumigación con bromuro de metilo – frío.

Empaques cítricos: Instructivo para control de stock

Laboratorios que emiten diagnósticos


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