Resoluciones generales año 2023
Resolución General I.G.J. Nº 16/23 – Dispone que las figuras de SAU y SAS no corresponden a tipos societarios que encuadren en las condiciones y características requeridas para ser inscriptas como asociaciones profesionales. En función de ello, dispone transformar o subsanar a las sociedades profesionales que lo soliciten.
Resolución General I.G.J. Nº 15/23 - Sobre la presentación digital de los estados contables de las sociedades por acciones no comprendidas en el art. 299 de la Ley Nº 19.550. EL PLAZO DE ENTRADA EN VIGENCIA FUE SUSPENDIDO MEDIANTE LA RG IGJ 6/2024.
RG Conjunta 1/2023 - SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN e INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA - Clarifica el ámbito de competencias de cada uno de los organismos en relación a los libros y registros que las leyes generales y la ley especial de la actividad aseguradora establecen.
Resolución General I.G.J. Nº 14/23 – Resolución derogada por la RG IGJ 14/2024.
Resolución General I.G.J. Nº 13/23 – Establece modalidades y requisitos respecto de la cesión de contratos por adhesión a planes de ahorro.
Resolución General I.G.J. Nº 12/23 – Anexo 1 - Anexo 2 - Anexo 3 - Anexo 4 - Anexo 5 - Anexo 6 - Anexo 7 - Anexo 8 - Anexo 9 - Modifica los estatutos inmodificables aprobados por las RG IGJ 32/2020, 14/2021 y 16/2021, para los objetos sociales Clubes de Barrio y Pueblo, Centros de Jubilados, Centros Culturales, Bibliotecas Populares, Asistencia a grupos vulnerados, para la erradicación de las violencias de género y la asistencia a víctimas, y Cooperadoras Escolares, y aprueba nuevos estatutos tipo inmodificables para asociaciones civiles cuyo objeto sea garantizar el pleno ejercicio de los Derechos Humanos de las personas LGTTTBIQNB+; y asistir y promover el cumplimiento de los derechos de las personas con discapacidad y/o con Enfermedades Poco Frecuentes.
Resolución General I.G.J. Nº 11/23 – Anexo - Sustituye el Anexo I de la RG IGJ 7/2015. Modifica la cantidad de módulos asignados a determinados trámites. Establece el procedimiento y el plazo para la adecuación del valor de los formularios abonados con anterioridad a la fecha de la presente resolución.
Resolución General I.G.J. Nº 10/23 - Dispone la entrada en vigencia de la R.M.J. y DD.HH. Nº 823/2023, a partir del 7/8/2023. La resolución ministerial establece el valor del módulo IGJ en $515.
Resolución General I.G.J. Nº 9/23 - Disposiciones en relación a Control Federal de Ahorro (sociedades de ahorro previo por círculos o grupos cerrados para la adjudicación directa de bienes muebles y la adjudicación de sumas de dinero con destino a la adquisición de bienes muebles o servicios y con destino a la adquisición, ampliación o refacción de bienes inmuebles y las sociedades de capitalización). Dispone que los actos mensuales de adjudicación y los actos mensuales de sorteo y licitación se deberán realizar en forma presencial, y además se deberá disponer de transmisiones en vivo, las que deberán ser publicitadas a través de la página web de las sociedades y en los cupones de las cuotas que emitan.
Resolución General I.G.J. Nº 8/23 – Anexo I - Disposiciones en relación a Control Federal de Ahorro: opción y régimen de diferimiento; facilidades de pago; cancelaciones anticipadas; suspensión de ejecuciones prendarias; reinscripción de prendas; derecho al haber de reintegro.
Resolución General I.G.J. Nº 7/23 - Establece la modalidad de presentación y requisitos para la presentación ante IGJ de oficios judiciales librados por juzgados y tribunales provinciales, el Ministerio Público Fiscal de la Nación, el Ministerio Público de la Defensa de la Nación, organismos públicos nacionales, provinciales, y dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Resolución General I.G.J. Nº 6/23 - Sobre SAS. Resolución derogada por la RG IGJ 11/2024.
Resolución General I.G.J. Nº 5/23 - Prorroga hasta el 30/09/2023 el plazo de vencimiento del ofrecimiento de diferimiento a los suscriptores ahorristas y adjudicados titulares de contratos cuyo agrupamiento se haya producido hasta la fecha de vigencia de la presente resolución y a los suscriptores con contratos extinguidos por renuncia, rescisión o resolución desde el 1/04/2018 hasta la fecha de vigencia de la presente resolución. También prorroga los plazos establecidos en el art. 7º incisos 2° y 4° de la RG IGJ 14/20 y modificatorias, y mantiene durante la prórroga las obligaciones establecidas en los artículos 8 y 9 de dicha resolución.
Resolución General I.G.J. Nº 4/23 – Rectifica el Inc. a) del artículo 1º de la RG IGJ 3/2023.
Resolución General I.G.J. Nº 3/23 - Deroga los arts. 377 y 378 de la RG IGJ Nº 7/15. Establece los requisitos para la autorización para funcionar como persona jurídica y las reglas de funcionamiento para las entidades de bien común constituidas en el extranjero. El Inc. a) del artículo 1º de la presente resolución fue rectificado por la RG IGJ 4/2023.
Resolución General I.G.J. Nº 2/23 - Modifica el art. 352 punto 4 de la RG IGJ 07/2015. Fija nuevos parámetros para el cumplimiento del requisito del patrimonio mínimo inicial para asociaciones civiles, cámaras empresarias, federaciones, confederaciones y fundaciones, los que serán expresados utilizando como referencia al salario mínimo vital y móvil.
Resolución General I.G.J. Nº 1/23 – Anexo - Sustituye el Anexo I de la RG IGJ Nº 07/15. Establece nueva modulación para determinados trámites.