Presidencia de la Nación

Competencias


Responsabilidad Primaria

Elaborar y proponer planes y programas de control de utilización de beneficios promocionales, intervenir en la evaluación de su concesión, y asesoraren materia de promoción económica cuando la Subsecretaría actúe como Autoridad de Aplicación,con excepción de lo relativo a los aspectos técnicos-tributarios,así como también entender en el análisis de los resultados obtenidos del control de utilización de dichos beneficios y proponer los distintos cursos de acción a seguir.

Acciones

  1. Diseñar y proponer planes y recomendaciones sobre el control de la utilización de beneficios promocionales para ser aplicados por organismos que,por su competencia originaria o delegada, actúen en el control de los proyectos promovidos, como también coordinar el accionar de dichos planes.
  2. Asesorar a la Subsecretaría sobre las propuestas de aplicación de sanciones por infracciones a los regímenes de promoción económica e intervenir en la tramitación de las denuncias que realice la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS,u otros organismos o particulares.
  3. Asesorar en los aspectos relativos a la normativa vigente en materia de promoción económica, con excepción de los aspectos técnico-tributarios,como así también elaborar y proponer las modificaciones a la misma.
  4. Participar, en el ámbito de su competencia, en sesiones de organismos o grupos de trabajo, nacionales o internacionales de carácter técnico vinculados a la materia promocional económica.
  5. Asesorar, en el ámbito de su competencia, en las actuaciones administrativas en las que tramiten solicitudes de otorgamiento de incentivos promocionales, como así también respecto de actos administrativos de alcance general de la materia.
  6. Diseñar, planificar y coordinar, en el ámbito de su competencia, el relevamiento de datos y la evaluación de regímenes de promoción económica que contengan incentivos,a fin de proponer modificaciones o la sustitución de su modalidad por otro sistema.
  7. Asistir a la Comisión Asesora,creada por el artículo 18 de la Ley N° 23.658, en materia de su competencia.

Responsabilidad primaria y acciones de acuerdo con la Decisión Administrativa 1314/2020

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