Presidencia de la Nación

Consultas Públicas Cerradas


Normas Particulares y Condiciones Técnicas Sobre la Telemedición de Hidrocarburos Líquidos y Gaseosos para el Control y Fiscalización de los Mismos

(Proyecto de nueva reglamentación en trámite)
Esta consulta se encuentra cerrada (6/9/19)

La Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles tiene el agrado de poner a consideración de todos los interesados el documento en preparación “NORMAS PARTICULARES Y CONDICIONES TÉCNICAS SOBRE LA TELEMEDICIÓN DE HIDROCARBUROS LÍQUIDOS Y GASEOSOS PARA EL CONTROL Y FISCALIZACIÓN DE LOS MISMOS”.

La experiencia reunida en materia de implementación de sistemas de medición desde la sanción de la Resolución 318/2010 , ha indicado la necesidad de actualizar la normativa, especificando y definiendo las instalaciones y sistemas de medición necesarias para el control y seguimiento de la producción, tratamiento, fraccionamiento, transporte y almacenaje de hidrocarburos, en concordancia con los lineamientos del Artículo 69 inciso a) de la Ley N° 17.319, siguiendo la actualización en materia de tecnologías e instrumentos de medición.

Las modificaciones propuestas tienen entre otros objetivos:

  • Mejorar la recepción y calidad de la información que permita optimizar la planificación de los recursos energéticos y el aprovechamiento de los mismos, así como cuantificar la totalidad de volúmenes de hidrocarburos líquidos y gaseosos existentes en el mercado interno.
  • Adecuar y especificar la periodicidad y el alcance de las auditorias sobre las instalaciones y sistemas de medición.
  • Establecer un régimen sancionatorio para las infracciones e incumplimientos.

Con el fin de permitir y promover una efectiva participación en el proceso de adecuación de esta Norma, la Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles y la Dirección de Transporte y Medición ponen a disposición el documento de este reglamento técnico por el término de diez(10) días hábiles para recibir cualquier opinión o propuesta respecto de la misma.

Mediante nota NO-2019-78062469-APN-DNTYAIH#MHA se ha procedido a otorgar una prórroga al período de consulta, para que a aquellos interesados tengan a bien remitir sus comentarios, observaciones o aquellas sugerencias que consideren pertinentes en el formulario que se adjunta y hasta el Jueves 5 de Septiembre de 2019 a la casilla de correo electrónico [email protected]

Agosto de 2019.

Descargas

Anexo Reglamento Técnico de Medición de HC 30-7.doc

Anexo Reglamento Técnico de Medición de HC 30-7.pdf

Formulario comentarios y sugerencias Consulta 318.docx

Formulario comentarios y sugerencias Consulta 318.pdf


NUEVO SISTEMA DE TRANSPORTE DE GAS DEL CENTRO - PROYECTO DE PLIEGO

Esta consulta se encuentra cerrada - (26/7/19)
La Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles de la Secretaría de Gobierno de Energía tiene el agrado de poner a consideración de todos los interesados el proyecto de pliego para la licitación pública nacional e internacional a los fines de adjudicar una licencia para la prestación del servicio de transporte de gas natural que contemple como obligación el diseño y la construcción del gasoducto que conecte la Subzona Neuquén con la localidad de Salliqueló, en la Provincia de Buenos Aires, y con las Subzonas Gran Buenos Aires y Litoral, en las proximidades de la Ciudad de San Nicolás de los Arroyos de la Provincia de Buenos Aires, conocido como gasoducto de Vaca Muerta.

La formación no convencional de Vaca Muerta, en la Cuenca Neuquina, ha dado lugar a una nueva etapa de exploración y producción de gas natural en Argentina. Este recurso, de valores extraordinarios y con un potencial excepcional, es el segundo en el mundo en materia de gas y se ha constituido en una manifestación de la abundancia de recursos con los que está nutrido nuestro país. Con poco más de tres años de políticas sectoriales acertadas, la producción de gas se ha incrementado de manera significativa.

Sin embargo, y para poder continuar incrementando esta producción se hace necesario superar restricciones de infraestructura donde el transporte de gas es uno de los más críticos.
El decreto 465/19 instruye a la Secretaría de Gobierno de Energía a convocar a la licitación pública referida. Conforme a las previsiones del artículo 4 de la ley 24.076, que regula el transporte y la distribución del gas natural, se otorgará una licencia para la prestación del servicio de un tercer sistema de transporte de gas.

Con el propósito de recibir comentarios y sugerencias al proyecto de pliego, la Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles lo pondrá a disposición desde el lunes 22 de julio hasta el viernes 26 de julio a las 12 horas (hora local).

Se solicita a los interesados que tengan a bien remitir sus comentarios haciendo uso mandatorio del formulario adjunto, a la dirección de correo electrónico: [email protected] , único medio habilitado a ese fin, hasta el viernes 26 de julio de 2019 a las 12 horas (hora local).

DESCARGAS

PLIEGO

Anexo III Reglas Básicas

Anexo III- Subanexo I

Anexo III- Subanexo II

Anexo IV- Oferta Irrevocable de Transporte Firme de Gas Natural


Formulario de Sugerencias Versión.doc

Formulario de Sugerencias Versión.pdf

MATERIAL DE REFERENCIA

Ley 24.076
Decreto 465/19
Resolución 82/19


NORMAS PARTICULARES Y CONDICIONES TÉCNICAS PARA EL TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS LÍQUIDOS POR DUCTOS Y A TRAVÉS DE TERMINALES MARÍTIMAS Y FLUVIALES

(Proyecto de nueva reglamentación en trámite)
Esta consulta se encuentra cerrada - (15/7/19)

La Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles tiene el agrado de poner a consideración de todos los interesados el documento en preparación “Normas particulares y condiciones técnicas para el transporte de hidrocarburos líquidos por ductos y a través de terminales marítimas y fluviales”.

La necesidad de disponer de un marco regulatorio moderno que represente la realidad y evolución del sistema, reconociendo nuevas técnicas, avances tecnológicos y cambios operativos, y en búsqueda de desarrollar una industria del “midstream” apuntada al equilibrio y eficientización del mercado, hace necesaria la adecuación del Anexo I del Decreto Nº 44 del 7 de enero de 1991.

Los objetivos fundamentales de esta nueva normativa son: ordenar el programa de entregas y devoluciones identificando los puntos de carga y devolución de los hidrocarburos líquidos a ser transportados; reglamentar las responsabilidades ante incidentes; actualizar los ajustes de calidad y las deducciones volumétricas estableciendo reglas claras y priorizando la eficiencia en el servicio de transporte entre otros.

Basándose en modificaciones que tienen como objeto actualizar y fomentar el desarrollo del sistema de transporte integral de hidrocarburos del país, asegurando un óptimo transporte y abastecimiento, este Reglamento pretende establecer las nuevas Normas Particulares y Condiciones Técnicas para el Transporte de Petróleo Crudo, basándose en un mecanismo actualizado para dar respuesta a nuevas situaciones originadas en la operación de los sistemas de transporte, almacenaje y en las terminales.

Con el fin de permitir y promover una efectiva participación en el proceso de adecuación de esta Norma, la Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles y la Dirección de Transporte y Medición ponen a disposición el documento borrador de esta normativa por el término de quince (15) días hábiles para recibir cualquier opinión o propuesta respecto de la misma.

Se solicita a aquellos interesados tengan a bien remitir sus comentarios, observaciones o aquellas sugerencias que consideren pertinentes hasta el 12 de Julio de 2019 a la casilla de correo electrónico [email protected]

Junio de 2019


Descargas

Reglamento Técnico

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