Qué y Quién - Aspectos básicos de la Resolución
En esta página
- 1. ¿De qué se trata la Resolución conjunta 1/2017 y sus Anexos?
- 2. ¿Cómo sé si mi empresa califica para la obtención del beneficio?
- 3. ¿Quién puede acceder al beneficio de la Resolución 1/2017?
- 4. ¿cuáles son los pasos a seguir para inscribirme?
- 5. ¿Cuál es la fecha límite de inscripción?
- 6. ¿Dónde puedo hacer consultas para la inscripción?
1. ¿De qué se trata la Resolución conjunta 1/2017 y sus Anexos?
La Resolución Conjunta N° 1-E/2017 del Ministerio de Energía y Minería y el Ministerio de Producción, es un decisión que otorga una tarifa preferencial a usuarios electrointensivos y ultraelectrointensivos a partir de mejoras en medidas de eficiencia energética en su proceso productivo.
La resolución tiene por objetivo promover que las empresas beneficiarias comiencen a implementar medidas de gestión sistemática de sus consumos para una mejora del desempeño energético de sus instalaciones que redundará directamente en una reducción de sus costos e impactará positivamente en su productividad.
Los anexos de la misma explican los detalles a considerarse:
- Anexo I: Ofrece el listado de códigos de actividad principal que habilitan la solicitud del otorgamiento del beneficio.
- Anexo II: Usuarios electrointensivos- aplicación del descuento.
- Anexo III: Usuarios ultraelectrointentivos - Requisitos a cumplir por las empresas productivas manufactureras de acuerdo a lo establecido en el Artículo 4°.
- Anexo IV: Cálculos para la aplicación del precio diferencial referido en el Artículo 4°.
- Anexo V: Requisitos a presentar ante la SUBSECRETARÍA DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA de la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO Y ESTRATÉGICO del MINISTERIO DE ENERGÍA.
2. ¿Cómo sé si mi empresa califica para la obtención del beneficio?
Para calificar como empresa beneficiaria, el código de actividad principal deberá estar comprendido en el Anexo I de la resolución.
3. ¿Quién puede acceder al beneficio de la Resolución 1/2017?
Esta información se encuentra en los artículos 1°, 2° y 4° de la Resolución Conjunta 1-E/2017
al 20 de septiembre del corriente año, se ha publicado en Boletín oficial la Nómina de empresas beneficiadas y rechazadas - Resolución Conjunta
4. Estoy interesado en solicitar el beneficio., ¿cuáles son los pasos a seguir para inscribirme?
Esta etapa del proceso se encuentra bajo la órbita del Ministerio de Producción. La inscripción se realiza a través de su sitio web, en: https://www.argentina.gob.ar/acceder-al-beneficio-para-empresas-de-uso-intensivo-de-energia-electrica
5. ¿Cuál es la fecha límite de inscripción?
La fecha límite para inscribirse en el sitio del Ministerio de Producción es el 30 de junio de 2017.
6. ¿Dónde puedo hacer consultas para la inscripción?
El email de contacto para consultas sobre la inscripción es:
[email protected]