Primera Convocatoria Año 2014: Asignación Cupos Gas Oil y Naftas- Ley N° 26895 - Art. 30 y 31
La SECRETARÍA DE ENERGÍA, como AUTORIDAD DE APLICACIÓN de la Ley Nº 17.319, solicita a los operadores del mercado de hidrocarburos interesados en importar gas oil/diesel oil y/o naftas en el citado marco legal, que manifiesten su requerimiento informando los volúmenes que nacionalizarán en el primer cuatrimestre del año 2014.
-
Pueden participar los actores del mercado de hidrocarburos que estén inscriptos y habilitados por esta SECRETARÍA, que se comprometan a comercializar los productos a los precios del mercado interno o a consumir los mismos en dicho mercado.
-
El PODER EJECUTIVO NACIONAL a través de la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas distribuirá el cupo conforme la reglamentación vigente.
-
La SECRETARÍA DE ENERGÍA informará a cada empresa postulante el volumen de producto que le corresponde de acuerdo a la evaluación realizada. Las beneficiarias deberán declinar expresamente la asignación de cupos mediante nota formal suscripta por un representante legal, dentro de los CINCO (5) días hábiles de recibida la notificación respectiva. La declinación podrá hacerse por el total del volumen asignado o por una fracción del mismo.
-
Para aquellos operadores que no habiendo declinado expresamente la asignación y no cumplan, en forma manifiesta, con la importación de los volúmenes de gas oil/diesel oil y/o naftas dentro del plazo comprometido, esta SECRETARÍA ponderará los incumplimientos, y podrá no considerarlos a los fines de futuras asignaciones – Ley Nº 26.022 -
-
Los operadores deben acercar sus propuestas mediante sobre cerrado antes de las 14:00 horas del día 10 de diciembre de 2013, dirigidas a la SECRETARÍA DE ENERGÍA, con la referencia “ASIGNACIÓN DE CUPOS PARA IMPORTACIÓN DE GAS OIL/DIESEL OIL y/o NAFTAS – 2014”, sita en la Av. Paseo Colón Nº 171, 5º piso, oficina 503, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES