Presidencia de la Nación

Plan Federal “hogAR te acompaña”


Prestaciones para cubrir las necesidades relativas a las condiciones de las viviendas y alojamientos, como parte de la protección integral de niños, niñas y adolescentes que padezcan cáncer y cuyas familias se encuentren en situación de vulnerabilidad social; de conformidad con lo establecido por el artículo 11 de la Ley N° 27.674 de Creación del Régimen de Protección Integral del Niño, Niña y Adolescente con Cáncer y el artículo 11 de la Reglamentación de la mentada Ley, aprobada por el Decreto N° 68 del 9 de febrero de 2023.

El Plan consta de dos componentes:

  1. Asistencia para soluciones en hogares: subsidio de carácter no reintegrable para la inversión en materiales y mano de obra, o bien, para adquirir los elementos que resulten necesarios para realizar la adecuación de los hogares de conformidad con las necesidades del tratamiento.
  2. Asistencia para residencia en el lugar del tratamiento: prestación económica no reintegrable, de percepción mensual durante el plazo que el tratamiento demande.

Objetivos: (1) promover el acceso a una vivienda adecuada o la adaptación de la vivienda familiar a las exigencias que el tratamiento demande. (2) Brindar, en los casos de niños, niñas y adolescentes cuyo tratamiento se realice de manera ambulatoria y deban trasladarse con su grupo familiar conviviente a una distancia mayor a 100 kilómetros de su lugar de residencia, un subsidio habitacional que permita cubrir los gastos de locación de una vivienda, durante el plazo que dure el tratamiento activo. (3) Atender, en los casos de tratarse de niños, niñas y adolescentes cuyo tratamiento se realice de manera ambulatoria y deban trasladarse con su grupo familiar conviviente a una distancia menor de 100 kilómetros, por habitar en lugares inhóspitos o de difícil acceso al del tratamiento.

Población destinataria: niños, niñas y adolescentes que sean pacientes oncopediátricos con familias en situación de vulnerabilidad social.

Requisitos: para acceder a las prestaciones se deberá acreditar la condición de paciente del niño, niña o adolescente y la situación de vulnerabilidad social en la que se encuentre la familia.

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